Separados pero iguales

El día después de la muerte de Rosa Parks, en estas páginas le rendimos un modesto homenaje a ella como símbolo de como una simple costurera de Alabama dio inicio al movimiento moderno por los derechos civiles.

Un poco más de un año antes del comienzo de la historia de Rosa Parks, la Corte Suprema norteamericana falló el caso Brown vs. Board of Education el que debe ser una de las sentencias más importantes de la historia de los derechos fundamentales.

En el fallo Brown, la Corte Suprema de Estados Unidos declaró explícitamente como ilegal la segregación racial en los establecimientos educacionales públicos, echando por tierra en dichos establecimientos la aberrante doctrina del “separados pero iguales” establecida años antes en el lamentable caso Plessy vs. Ferguson.

Como bien explica Ramiro, en el caso Brown

los jueces recurrieron a un estudio científico presentado por la parte demandante que demostraba que la educación segregada producía profundos daños emocionales a los niños negros y una sensación general de baja autoestima.

Ello quedaba demostrado a través de un simple estudio de campo en el que se les daba a los chicos la posibilidad de elegir entre dos muñecas para jugar: una negra y una blanca. Los negros elegían normalmente a la blanca, ya que la consideraban la “buena” o la “más bonita”

Hoy, como se ve en el video, habiendo pasado más de 50 años de esta importante decisión, Kiri Davis, una niña de sólo 17 años, intentó el mismo experimento presentado en Brown. Grabó un cortometraje llamado A Girl Like Me (ver el cortometraje completo).

Y, a pesar que todo esto a veces nos parece tan lejano, el resultado fue el mismo.

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¿Qué es la piratería?

Con ustedes, el artículo 434 del Código Penal respecto de la apropiación de cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño:

Art. 434. Los que cometieren actos de piratería serán castigados con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a presidio perpetuo.

Sí, tienen razón algunos cuando dicen que la piratería es una especie de robo.

Pero don Andrés Bello, promotor y rector de la Universidad de Chile y redactor principal del Código Civil, nos explica que la piratería es “un robo o depredación ejecutado con violencia en alta mar, sin autoridad legítima“.

El Código de Derecho Internacional Privado también se refiere a estos actos de piratería, agrupándolos en el artículo 308 con otros delitos semejantes como la trata de blancas y el comercio de esclavos, la destrucción o deterioro de cables submarinos.

Por pirata se designa, en general, a personas que con buques armados y sin banderas, se dedican al robo en otros barcos o en las costas. En Chile, eso sí, califican en el tipo penal los llamados “gatos” que rondan en caletas y puertos en Chile.

Hablemos claro, no sé ustedes, pero si usted se consideraba un verdadero pirata, think again.

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Contralor Ruiz-Tagle

Estoy atragantado con el tema. Sé que no tiene nada que ver con tecnología y derecho, pero les juro que me tiene atorado. También sé que no obstante de cuando en cuando tener una visita que viene con ip del Congreso (aunque no me crean, es cierto), los lectores de este blog probablemente no tendrán que decidir respecto de este tema. Pero aunque me resistí estoicamente a escribir al respecto, hoy no pude aguantarme.

Como saben los que leen desde Chile, en estos días se está definiendo la elección del nuevo Contralor General de la República. El candidato del gobierno es Pablo Ruiz-Tagle Vial, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Chile.

La elección del nuevo Contralor la hace el Presidente de la República con acuerdo del Senado, lo que ha supuesto una discusión importante respecto de la persona del candidato del gobierno para que el Senado lo apruebe. Dadas las palabras de incluso senadores de gobierno como Nelson Ávila, quienes ponen en duda su voto a favor de Ruiz-Tagle, el panorama es bien desolador para que esta nominación salga a flote.

Dejando de lado mi relación académica con Ruiz-Tagle, cosa que es posible verificar hasta por Google, quiero analizar los tres argumentos que se han usado para descalificar a Ruiz-Tagle para el cargo de Contralor, insisto sólo para efectos de desahogarme:

Argumento Uno: Se dice que Ruiz-Tagle no es un candidato independiente porque es director del programa de Doctorado de la Escuela de Derecho que cursa la Ministra Veloso. Es un hecho público que la Ministro Veloso ya no cursa el mentado doctorado debido a que su cargo le impide hacerse cumplir con esas obligaciones académicas. Y cierto, Ruiz-Tagle le dictó cursos de Doctorado, pero así como Enrique Silva Cimma y Patricio Aylwin dictaron cursos de derecho administrativo a muchísimos políticos que pasaron por la Escuela de Derecho de la U. de Chile. Si fue su profesor ¿por qué habría falta de probidad? Absurdo.

Argumento Dos: Es un funcionario externo a la Contraloría, ¿Por qué no se nombra a alguien de dentro para que la modernice?. Me encanta este argumento porque me permite decir dos cosas. Una, que la señora Noemí Rojas tendrá una trayectoria funcionaria impecable, puede ser, pero si lleva 40 años dentro del servicio, ¿qué la puede motivar a modernizar algo de lo que ha sido parte durante prácticamente toda su vida? Y, con todo respeto, pero ¿qué clase de modernización podría impulsar?
Dos, me causa gracia el ímpetu con que la derecha defiende que sea un funcionario interno el próximo contralor, precisamente tomando en consideración lo que ha sucedido en Chiledeportes, donde misteriosamente resulta que ahora esta contraloría antigua y vetusta hace públicas irregularidades administrativas. ¿Por qué no se hizo antes? Me parece que el hecho que los funcionarios de Contraloría se cuadren por doña Noemí no hace sino acrecentar lo bueno que sería que alguien externo llegue a la repartición a limpiar años y años de prácticas añejas y burocráticas que empañan la transparencia del estado.
Esto sin contar que el año 1977 Pinochet haya nombrado como contralor al ex-senador Udi Sergio Fernandez, un sujeto con sus cartas manchadas de independencia política.

Argumento Tres: Es afín a la Concertación y la derecha sostiene que el Contralor debiera ser incluso alguien de oposición (!). Insólito. Si fuera así, pues entonces la Constitución de Pinochet debiera haber dicho que el Contralor sea nombrado por la bancada opositora en el Senado, pero precisamente porque no es un puesto político es que debe ser nombrado por el Presidente con acuerdo del Senado, no por el Senado con acuerdo del Presidente, que es lo que quieren y es distinto.
Además se cuestiona su orientación concertacionista. El hecho que Ruiz-Tagle promueva en clases y en sus publicaciones valores democráticos liberales y la tradición constitucional democrática chilena no lo hacen más concertacionista, hasta donde entiendo. Además, Ruiz-Tagle desde hace años que es socio del presidente de RN Carlos Larraín en su estudio jurídico, por lo que más garantías de transparencia y probidad no sé de donde sacar.

Todo esto se explica por el escaso nivel de la política en Chile, donde buena parte de las posiciones de los partidos se hace con la calculadora en mano buscando ventajas políticas y no lo que mejor la hace al país. Estoy convencido que Ruiz-Tagle sería un excelente contralor y no me cabe duda alguna que dada su aversión al neopresidencialismo incluso podría ser un duro dolor de cabeza para algunas prácticas de la misma Concertación, pero las discusiones de peluquería a las que nos tiene acostumbrada nuestra clase política no da para más.

Ya, desahogado.

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Proyecto Posner

El señor de la foto (gracias Wikipedia) es Richard Posner, quien debe ser uno de los más famosos representantes de lo que se ha denominado Análisis Económico del Derecho (a.k.a.Law & Economics), que en dos palabras es un movimiento, una teoría legal, que pretende incorporar al análisis jurídico los métodos de las ciencias económicas. Como usted se puede imaginar, este movimiento es bien influyente particularmente en áreas del derecho civil como en contratos y en seguros.

Pero a pesar de lo que pudiera pensar, dar la lata no es mi intención.

La cosa es que -como comentara alguna vez- entre otras cosas este señor desde hace un par de años mantiene un blog en colaboración con el premio nobel de economía Gary Becker, debatiendo temas de interés contingente.

Posner es además juez de la Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito norteamericana y el profesor Tim Wu junto con Stuart Sierra crearon el Proyecto Posner, que almacena una base de datos de todas las opiniones de Posner expresadas en sus fallos. Interesantísimo proyecto que se parece mucho a una idea que tengo hace rato para implementar en nuestra Corte, pero que probablemente quedará como eso, una buena idea.

Me imagino algo como esto en Chile y llego a tiritar del susto.

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Derecho constitucional a Internet?


imagen, stroinski

Como dice la nota de prensa repetida en varios medios nacionales, un par de diputados PPD, Esteban Valenzuela y Jorge Insunza han planteado (?) una reforma constitucional para que se incluya el acceso a Internet en la Constitución como un nuevo derecho fundamental.

El diputado Valenzuela sostuvo que

“La conectividad digital debe ser considerado, al igual que el acceso al agua potable o la luz eléctrica, un derecho humano que acorte las brechas sociales en Chile”

Han propuesto la configuración de un nuevo derecho fundamental que diga que la Constitución

“debe garantizar la conectividad a las redes digitales y de información”

Añadiendo que una ley determinará “la forma en que el Estado promoverá el ejercicio de este derecho“.

Siguiendo con el copypasteo de la nota de prensa, respecto del financiamiento de la iniciativa, Valenzuela dijo que “si el Ministerio de Obras Públicas gasta 2.000 millones de dólares en carreteras es porque se puede, es cuestión de prioridades”. Agregó que, incluso, el gobierno podría fomentar la instalación de un computador en cada hogar, “con subsidios o con señales públicas que ofrezcan ciertos bienes (ordenadores) en vez de gastarse la plata en cigarrillos o bebidas”.

No obstante buscar en la web de la cámara el contenido del mencionado proyecto de reforma constitucional, me fue imposible encontrarlo es posible encontrarlo aquí. Pero suponiendo que es cierto, sólo un par de comentarios.

1.- Es super importante el acceso a Internet para todos, sí, sin duda.

2.- Sostener que la banda ancha implica automáticamente superar la brecha digital, es de una demagogia inaceptable y demuestra buenas intenciones y en nuestros países, más bien inocencia. Es como la manida frase que todos debieran tener un blog.

3.- Las cifras en países desarrollados y ultra tecnologizados como Finlandia muestran “sólo” un 54% de hogares con acceso a Internet. Chile, hasta donde sé, anda por un 20%. Esto demuestra claramente que la forma en que estos países han superado las vallas que aún no superamos es ciertamente a través de otras medidas, quizás como una apuesta a futuro del estado en este sentido.

4.- Un país como Chile, donde la distribución del ingreso es tan abismante y tan inaceptable, pensar en banda ancha como derecho fundamental es francamente ofensivo para un gran número de personas que no tiene dentro de sus posibilidades ni menos dentro de sus prioridades el poder acceder a contenido en linea. Entiendo que es importante, no se equivoque, lo que digo en este punto es que no obstante su importancia, la situación en Chile es tan modesta que nuestras políticas públicas debieran tender en la misma dirección, pero a partir de alternativas creativas.

5.- Desde el punto de vista del derecho constitucional, el agregar un derecho como este responde al mismo argumento de quienes pretenden agregar derechos de animales o cláusulas de terrorismo en los textos constitucionales. El hecho que la posibilidad de reforma de la constitución y a su carácter de norma fundamental implique estándares de reforma tan complejos, hacen que cada vez que queramos agregar derechos en nuestra constitución tengamos que pensar bien cual es el objetivo de esa reforma y qué es lo que en verdad queremos dotar con el carácter de fundamental.

Sé que es un tema complejo, donde será difícil ponernos de acuerdo. Pero para superar la brecha digital, para modificar la constitución, así como para comer chocolate, hay que tener muchísimo cuidado. Y no mirar a la galucha como parece ser la idea. Señores diputados, informarse más, y atinar menos.

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El fin de la neutralidad de la red (2 parte)

En nuestro capítulo anterior, explicábamos qué es esto tan manoseado de la neutralidad de Internet y lluego nos referíamos a cual era la pelea tras todo esto.

Lo que no nos quedaba claro es cuándo esto se volvió importante, porqué nos importa a nosotros en Chile y qué es lo que nos depara el futuro. Todo esto y más será analizado en esta segunda entrega, además de revelar quienes son los malos de la historia.

Tome su popcorn, pase, adelante.

¿Por qué se volvió importante?

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El fin de la neutralidad de la red (1 parte)

Si yo les dijera que en estos momentos existen altas posibilidades que Internet cambie y deje de ser esta mega red de computadoras interconectadas en condiciones de igualdad, probablemente muchos pensarían que el autor de este blog se ha creído una de las miles de cadenas que circulan vía email en Internet. Lamento, mis amigos, decirles que no es el caso.

Cuando artistas como Moby o Alissa Milano (?) se hacen activistas y comienzan a defender ideas en torno a la Internet y de cómo se puede ver amenazada ante determinadas regulaciones, uno debe tomar algunos recaudos y ver qué es lo que se teje detrás de todo esto.

Es lo que intentaremos en este post en dos entregas. Hablar sobre la neutralidad de la red. Qué es, cuál es el problema y -sin pretender ver más allá de lo que podemos suponer- qué nos depara el futuro.

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Este disco no funciona en tu iPod

El ministerio de salud obliga a las tabacaleras a ubicar un mensaje dirigido a los consumidores en las cajas de cigarrillos señalando las enfermedades provocadas por el consumo de tabaco, en Chile, con la famosa frase “el tabaco puede producir cáncer”.

En Inglaterra, y no precisamente referido a los efectos del tabaco, un grupo de parlamentarios pretenden que los CDs que tienen sistemas de protección anticopia deberían estar debidamente etiquetados y deberían etiquetarse claramente y de acuerdo con un estándar.

Claro, pensando en Chile la ley del consumidor ampara completamente una petición como esta. Sin dar la lata respecto a normas particulares, les cito sólo 2:

Relativo al derecho a la información del consumidor:

Artículo 3.- Son derechos y deberes básicos del consumidor:
b) El derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos, y el deber de informarse responsablemente de ellos;

Y, ups, las sanciones ante la falta de información de determinado producto:

Artículo 28.- Comete infracción a las disposiciones de esta ley el que, a sabiendas o debiendo saberlo y a través de cualquier tipo de mensaje publicitario induce a error o engaño respecto de:
a) Los componentes del producto y el porcentaje en que concurren;
b) la idoneidad del bien o servicio para los fines que se pretende satisfacer y que haya sido atribuida en forma explícita por el anunciante;
c) las características relevantes del bien o servicio destacadas por el anunciante o que deban ser proporcionadas de acuerdo a las normas de información comercial;

¿Se imaginan un CD de, con todo respeto, Fernando Ubiergo con un adhesivo enorme en la portada diciendo “Este CD no sirve para su iPod o mp3player“?
Debería.

Vía

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Correo electrónico en el trabajo: ¿quién me protege?

Informa Terra.cl que “Según un nuevo estudio, alrededor de una tercera parte de las grandes empresas en EEUU y Reino Unido contrata trabajadores para que lean y analicen los correos que salen y protegerse contra posibles riesgos legales, financieros o administrativos.

En Chile les aseguro que esto es parecido y si me apuran un poco, peor. En Chile, la revisión o control de correspondencia electrónica de los trabajadores por parte de los empleadores es lamentablemente una práctica muy extendida. Y tan extendida es, que incluso muchos trabajadores hasta lo aceptan como una realidad que existe y ya está. Sin cuestionárselo, casi como el costo de trabajar.

Sin pretender hacer un análisis acabado de la situación, a continuación pretendo aclarar con peras y manzanas la regulación legal en Chile y cómo se expresa en la práctica. A ver cómo me va.

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España: Detenciones por p2p

Fue la noticia de la semana recién pasada. En España comenzó una de las operaciones más importantes que se conozcan en Europa para desbaratar determinadas redes de intercambio de archivos p2p, operación denominada “Descargas en la Red”.

En el marco de esta operación, fueron cerradas una serie de páginas que proveían a los navegantes enlaces por medio de los cuales era posible descargar archivos que contenían material protegido por derecho de autor. Es interesante que se discuta el tema del ánimo de lucro dentro de todo esto. En Chile, para los más alejados del mundo del derecho, se ha entendido civilmente que el ánimo de lucro en un sentido amplísimo, aceptando, por ejemplo, como lucro el no beneficiarse económicamente de manera directa sino que beneficiarse no monetariamente. Lo que significa que si los españoles tuvieran esa misma versión de ánimo de lucro, todo este tema de las redadas anti p2p en verdad tendría muchísimo asidero.

Al contrario de lo que pudiera pensarse, no es igual al caso norteamericano donde se procedió a detener a usuarios de Internet por utilizar redes p2p, según el periódico 20 minutos-, ni siquiera por incluir enlaces a programas de intercambio de archivos. Por tanto, lo que está en juego acá es el lucro obtenido por los administradores de dichas páginas al obtener ganancias por facilitar enlaces a descargas protegidas por derecho de autor, ganancias que según la prensa llegarían a 900.000 euros.

Ahora, es increíble el manejo de medios realizado a partir de esta noticia. Carola Botero ya se da cuenta de la diferencia en el trato de la misma noticia por dos periódicos distintos, y David Bravo lo ejemplifica bastante bien mostrando a través de screenshots como los periódicos relacionan casi algorítmicamente descargas ilegales con pederastia y otras terribles cosas que eso que llaman Internet provoca.

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