“Tal como el desconocimiento de la idea de derecho de autor puede arruinar a los autores, también es cierto que el uso inflexible de leyes y regulaciones de derechos de autor o patentes puede terminar inhibiendo la libre circulación del saber y de las ideas. Es evidente que alguien inventó o diseñó la rueda. Si tuviésemos que pagar en cada caso un derecho de autor por el uso no sólo de la rueda, sino también del alfabeto, el paraguas, los zapatos, el papel o el vaso, y siguiéramos indefinidamente con esa lógica, la vida sería insoportable y el progreso imposible.”
Las que acabo de reproducir son sin lugar a dudas palabras razonables y adecuadas a estos tormentosos tiempos que vivimos en materia de derechos de autor. Tormentosos porque somos bombardeados en forma inclemente y regular por los titulares de derechos de autor (no los Tejeda, sino los McGraw-Hill, los Adobe y los Warner Bros.) tanto a nivel del discurso como a nivel de los lobbys legislativos, tratando de convencernos de algo que hace rato dejamos de creer: que la única forma en la que puede existir arte y cultura es con un sistema de derechos de autor poderoso y restrictivo para el resto de la gente.
Es que esta posición, en resumidas cuentas, también responde en cierta medida a una forma de comprender la creación de cultura. Porque mientras la ley históricamente ha entendido que los derechos de autor son privilegios que la sociedad le entrega a los autores de obras intelectuales por un lapso de tiempo para que puedan explotar comercialmente dichas obras, hoy este derecho de autor -desfigurado de tantos esteroides- pareciera decirle a algunos que lo que ellos hacen es un arte elevado y que distingue en forma sustantiva de las obras intelectuales vulgares que realizamos todos los demás, incluyendo los artículos de este blog y las fotografías que usted y yo colgamos en Flickr. Una forma elitista de entender la creación y la cultura que se basa en concepciones de la generación de cultura pre ilustradas, por decir algo.
Como si el autor de las líneas que las citaba al comienzo fuera otro, Tejeda arremete en contra de lo que él denomina “comunismo de autor”, que vendría a ser una tendencia entre muchos a evitar o disgustarse porque los artistas cobren por el uso de sus creaciones. Ejemplifica Tejeda su punto criticando duramente una supuesta frase se un senador de izquierda (sic) que apuntaba que las creaciones culturales son patrimonio de la humanidad, porque si un artista escribe un soneto es de todos, pero la dieta del senador es sólo de él.
¿Sabe lo que más me sorprende? La delgada línea que separa la mala intención desinformada y la ignorancia respecto del tema. Porque, entre otras cosas, a diferencia de lo que sucede con “la dieta del senador” (qué fácil es ser demagógico en todo caso), las obras intelectuales se protegen por un lapso de tiempo y luego de expirado ese lapso pasan a lo que se denomina patrimonio cultural común. ¡Vaya diferencia con la propiedad que tengo sobre el computador en el que escribo estás lineas! Y esto por una razón simple. No hay ninguna posibilidad, ninguna, de creación de cultura sin haberse servido de obras intelectuales anteriores. Entender el derecho de autor como propiedad es, de alguna forma, una deformación funesta y corporativa de una clase de derechos que están a años luz de los derechos de propiedad regulares. Derecho de autor y re-creación siempre han ido de la mano. Lo que pasa hoy, es que la tecnología lo que hace es precisamente democratizar tanto el acceso como la creación. Sino pregúntele a Lizst y su maravillosa reinterpretación de las sinfonías de Beethoven o las obras de Schubert al piano.
Más allá del mesianismo artístico-concertacionista de algunos -que dicen sueltos de cuerpo que este gobierno salió electo por ellos y que por tanto la presidenta les debe reverencia- sorprende que lo que se está discutiendo en el Congreso y que tanto preocupa a este sector de la cultura son mayores y mejores excepciones y limitaciones al derecho de autor, para equipararnos a estándares internacionales. Porque si lo que el artista concertacionista quiere decir es que le parece mal que las bibliotecas para ciegos puedan realizar adaptaciones de obras intelectuales para los discapacitados visuales, díganlo con todas sus letras, pero no lo escondan en una verborrea histérica, maliciosa y desinformada.
Uno de los artículos más comentados por los lectores de Super 45 el año pasado fue el que denominamos Buena música y buenos comerciales, que por su éxito incluso tuvo una segunda versión donde muchos lectores hicieron llegar observaciones respecto de música utilizada en comerciales chilenos.
Ya han pasado varios días, pero la página 4 del cuerpo B de El Mercurio del 15 de Mayo pasado publicaba en un cuadro minúsculo una noticia que a alguno de los editores de Super 45 les pareció historia conocida.
La nota del diario sostiene que la agencia de publicidad encargada de la campaña de Pisco Campanario para la Compañía Pisquera de Chile S.A. ha sido demandada por los representantes del sello Sony por la utilización indebida de un tema del grupo “Architecture in Helsinki” en un spot, sin pagar derechos y sin conseguir la debida autorización por parte de los titulares de derechos de autor. La causa hoy se encuentra en el 23º Juzgado Civil de Santiago y pretende resarcir los perjuicios civiles y morales derivados de la explotación no autorizada de la canción en un spot que además pretende promover el consumo de una bebida alcohólica. En efecto, además de esta demanda civil, Sony ha anunciado acciones criminales por los delitos de piratería y estafa en contra de la compañía de publicidad.
Bueno, todos nos hemos percatado como en spots televisivos nacionales es común la utilización de canciones de grupos lejanos al mainstream, pero no conocíamos que los titulares de derechos de autor finalmente decidieran llevar el asunto a tribunales.
Dos cosas dignas de anotar. La primera, es que según la nota de El Mercurio Sony se habría enterado del asunto a través de un blog. Cosa rara. Lo segundo, es mostrarles el famoso comercial
Y ahora el original:
Quizás sea el momento en el que nos tomemos en serio los derechos de propiedad intelectual, ya que pareciera ser que no es el público quienes en realidad provoca perjuicios económicos por las bajadas de Internet sino que los asuntos son ligeramente más complejos. O que alguien me explique entonces que el uso de canciones por parte de grandes empresas es equivalente desde el punto de vista de los perjuicios económicos a las descargas no comerciales a través de internet.
Tomarse en serio los derechos de autor, en definitiva, implica entenderlos en su real dimensión: como protectores de los derechos de los autores, pero también como garante de de los derechos de acceso del público.
Durante las últimas décadas hemos sido testigos de cómo la normativa de derecho de autor avanza en sentido contrario a los avances tecnológicos. No es, sino así, como se puede comprender la sobreprotección que asumen los intereses corporativos en esta materia, utilizando a los autores sólo como un argumento retórico más que real.
Esta sobreprotección ha sido normada en detrimento de los intereses públicos que supone la regulación de estos derechos. Hoy por hoy, muchas bibliotecas se encuentran al borde de la legalidad por realizar reproducciones de obras intelectuales con fines de conservación patrimonial.
Muchas instituciones educacionales mantienen archivos históricos, sin poder digitalizarlos ante la negativa o dificultad de conseguir las autorizaciones de herederos de autores de estas obras intelectuales.
Más aún, quizás donde más claro se aprecia este absurdo desequilibrio es, precisamente, en los consumidores finales, quienes por cada uso que realizan de obras intelectuales en internet cometen ilícitos para nuestra legislación, que está pensada en el mundo analógico.
Desde el punto de vista de los autores, también se produce un importante desequilibrio. Mientras el derecho de autor tradicional pretendió entregar muchas prerrogativas a los creadores intelectuales para el fomento de las artes, un derecho de autor desequilibrado hoy no tiene el mismo efecto.
Una legislación absoleta
Los jóvenes creadores que utilizan las nuevas tecnologías para generar obras creativas se ven limitados por una legislación que, en lugar de comprender internet y las nuevas tecnologías como una gran plataforma para el desarrollo y difusión de las artes, lo identifica como un campo minado lleno de potenciales ilícitos.
Es por eso que durante los últimos años ha surgido con fuerza en todo el mundo un movimiento que pretende volver a equilibrar los intereses en juego respecto de los derechos de autor.
Este movimiento, pretende poner el foco de atención en las garantías de acceso antes que en la persecución penal. Internet y la masificación de las nuevas tecnologías ponen en jaque la forma en la que la persecución penal se configura y también las limitaciones históricas de acceso a los bienes culturales.
Es esta dicotomía la que pretende ser discutida en el Seminario Acceso a la Cultura, donde expertos nacionales y extranjeros se darán cita para discutir sobre los necesarios equilibrios normativos que exige el derecho de autor, en virtud de las potencialidades de restricción y acceso.
Es precisamente esta dicotomía -restricción versus acceso- la que permitirá analizar aspectos complejos e interesantes, como son los sistemas de control de contenido digital, las excepciones para fines educacionales, y cómo fortalecer el patrimonio cultural común.
Digámoslo así. Supongamos que usted y yo somos amantes de la música. Además, suponga que nuestra banda favorita ha sacado nuevo disco. Hace quince años atrás, la única forma de vencer la ansiedad por conseguirlo era esperar a que la tienda de discos de siempre decidiera importarlo. Lo que sucede hoy es que ya no depende de la tienda de discos, parece depender de la banda misma. Así, si bien para conseguir el disco siempre tenemos la opción de descargarlo a través de Internet, esta vez supongamos que es la propia banda la que nos entrega opciones, que van desde los cinco dólares por acceder a los archivos, hasta trescientos dólares para adquirir una edición de lujo que incluye un disco de vinilo autografiado. Miel para los fans.
Según indica el manoseado sentido común, o lo que diría el famoso hombre medio empírico, la mejor alternativa es la descarga gratuita a través de algún sitio en Internet. Ir directo a The Pirate Bay y ahorrarnos problemas. Indica el sentido común que todos quienes quisieran conseguir el disco, lo conseguirían a través de los sistemas de descarga, muchos de ellos ilegales, que existen en la red. Fuera de todos estos supuestos, esta semana el grupo norteamericano Nine Inch Nails ha decidido hacerse cargo de la distribución en formato digital de su último trabajo al que denominaron Ghost I-IV, ofreciendo la posibilidad de conseguirlo a través de descarga directa a un precio mínimo de cinco dólares por el disco completo y la opción de compra de la versión Super Deluxe limitada y autografiada por trescientos de la divisa norteamericana. En menos de veinticuatro horas, y más allá de cualquier ejercicio de suposiciones económicas, se agotaron los 2.500 ejemplares disponibles de dicha edición.
Lo que ha hecho Nine Inch Nails no es sino un paso más allá de lo ya experimentado en el archi comentado lanzamiento del In Rainbows de Radiohead y los últimos videos lanzados por REM. Lo que podemos apreciar es un movimiento audaz y lúcido de músicos que hace rato dejaron de navegar en las aguas del underground y que están todavía más lejos de ser simples amateurs con ansias de promoción. En una de las últimas ediciones de Wired, el propio David Byrne traía a colación que en algún momento el negocio de la música pasó a transformarse en el negocio de la venta de plástico con contenido musical, y pareciera ser que es precisamente ese modelo de negocio de explotación musical el que está mostrando sus últimos estertores a través de iniciativas como la de Nine Inch Nails o Radiohead.
Pero el paso adicional, y tal vez el más importante, que ha dado el grupo liderado por Trent Reznor se ilustra por las condiciones en las que ha puesto a disposición su último disco. Porque no basta con poner la música a disposición del público en Internet. Tanto así, que cuando Radiohead permite incluso la descarga gratuita de su disco no queda claro para quienes queremos descargarlo qué podemos y qué no podemos hacer con él. Y la pregunta está lejos de ser irrelevante, puesto que no obstante autorizar la descarga enviando un enlace a través del correo electrónico, los usuarios no somos informados si podemos grabarlo en un disco compacto, si estamos autorizados a hacer reproducciones de ese archivo que hemos descargado en diferentes computadores, si podemos pasarle el archivo a nuestro amigo que no tiene conexión a Internet, ni tampoco si podemos subir el volumen de nuestros parlantes al máximo y de esa forma disfrutar del excelente In Rainbows con nuestros padres y amigos. El sólo envío del archivo no nos dice más que eso, tome y descárguelo. En estricto rigor, ni siquiera nos autoriza a darle al ‘play’.
Así como el derecho de autor ha supuesto históricamente -y con muchísima razón, por lo demás- que existen usos de una obra que no van a estar regulados por la ley, tales como vender un libro usado o dormir sobre un disco compacto, la nefasta tendencia a la sobre protección y sobre regulación de estos derechos lleva al absurdo que si nos atenemos al texto de nuestras leyes de derecho de autor, probablemente sea ilegal pasar el disco compacto a archivo MP3. Y es precisamente acá donde se distingue la decisión de Radiohead de la puesta a disposición del último disco de Nine Inch Nails. Mientras Radiohead nada dijo sobre lo que podemos y no hacer con los archivos descargados, Nine Inch Nails lo aclara licenciando el disco con una licencia Creative Commons, permitiendo reproducciones y adaptaciones siempre que no sean con fin de lucro.
Pareciera ser que el próximo paso en este novedoso camino seguido por músicos de todo el mundo es determinar las condiciones con las que dejan su música a disposición nuestra en Internet. Porque mientras la industria tradicional de la música ha dedicado buena parte de su presupuesto a demandar en tribunales a gente como usted o como yo por compartir música a través de sus computadores -y a tratar de convencernos mediante costosas campañas publicitarias que descargar por Internet es similar a robar autos, casas y joyas- los músicos, los artistas parecieran estar comenzando a entender que de lo que se trata no es de proteger un obtuso concepto de propiedad privada, sino la oportunidad que entrega Internet para la difusión y distribución del conocimiento y la cultura. Mientras la industria tradicional de la música sigue anunciando la caída sostenida en la venta de discos y la crisis de la industria, hoy tenemos más recitales y conciertos que nunca antes. Mientras nos intentan convencer que estamos en crisis terminal y que la música se muere, Nine Inch Nails gana más de 750.000 dólares en menos de 24 horas. Y sin poner disco alguno en las estanterías.
Mis recuerdos de infancia son siempre en sepia. Como si lo que hubiera pasado antes de cumplir la mayoría de edad, el mundo hubiera estado coloreado entre beige y paletas de grises. Ahora que lo pienso bien, para todos quienes crecimos durante los ochenta en Chile, estos recuerdos no deben haber estado muy lejos de la realidad militar y las lacas de las conductoras de noticias de televisión que teníamos que sufrir.
Uno de los recuerdos más claros que tengo fueron mis primeras aproximaciones a la música. De chico -como muchos de ustedes, podría apostar-, gracias a mis padres y a los cassettes TDK fui parte de esa gran masa de niños que crecieron con Victor Jara y Violeta Parra a la par con el diario de Cooperativa y los éxitos de José Luis Perales y Nicola di Bari. Sin siquiera sospechar que constituiría la hebra de una gran madeja profesional, mis primeras escaramuzas para descubrir cual era la música que realmente me gustaba fue dada por los cassettes pirateados y por mi afición a los recitales en vivo de mis grupos favoritos.
Así, como si fuera parte de la aventura de educarme en colegio de hombres, surfié entre fanáticos irremediables de Poison -como mi cercano amigo Toradji que intentaba sin mayor éxito unirme a sus hordas-, pequeños punketas que, según ellos, frecuentaban la Picá de don Chito y las grandes masas de amantes del rock pesado y gutural, desde Anthrax a Carcass, por decir algo. Por el contrario, mis gustos en esa época eran bastante más eclécticos, pero si había algo que me interesaba era sin lugar a dudas cuando estos grupos mostraban sus armas en aquel ring invisible que era el recital y la amplificación, que llegaba a mis oídos ochenteros a través de aquellas febles grabaciones en cassette.
Y así alguna vez llegué al paseo Las Palmas, y principalmente al Eurocentro, atraído por aquellas poleras, pins y afiches que por supuesto no podía comprar. Tropezando, llegué casi por casualidad, a una disquería que se especializaba en importar alguno de los discos que tenían catalogados en grandes archivadores con páginas plastificadas. Así adquirí mis primeros cassettes en vivo de Nine Inch Nails (que escuchaba imaginando a Trent Reznor sólo mostrando su sombra, como indicaba la leyenda) y de Rollins Band. Y me acuerdo que en aquella época, -donde la forma más sofisticada de ‘piratear’ era a través de un destartalado grabador de doble cassetera que había que ocupar mientras no estuviera en uso el secador de pelo- ya se hablaba que estos discos enteramente ‘piratas’ -que luego denominaría bootlegs- que compraba para mi solaz, ayudaban a financiar a lejanos terroristas irlandeses. De más está decir que fue infructuosa mi búsqueda de referencias al IRA en esas carátulas hechizas de una sola plana, en las letras o en mensajes subliminales.
Hasta que leí ayer la noticia en EMOL y aquellos recuerdos en sepia volvieron de nuevo. Es que parece que MIA y Diplo tenían razón, que la piratería financia el terrorismo, que cada vez que compras discos en la cuneta parte de ese dinero va a los bolsillos de guerreros afganos y no a financiar la cerveza aguada y el cigarro del ambulante.
Porque pareciera ser que la repetida noticia sobre los famosos perros antipiratería (ver la misma noticiaen Mayo de 2006, en Septiembre de 2006, en Enero del 2008 y en Marzo del 2008) es un signo de los tiempos. Si demandar a menores de edad no sirve para convencer a la gente de lo incorrecto que es descargar de internet, si no sirve repetir noticias sobre pelos con olfato privilegiado, pues entonces resulta más fácil imaginarse a Bin Laden disparando morteros con audífonos y Anthrax de fondo.
Art. 2: (…) El artista, intérprete y ejecutante gozará, de por vida, del derecho a (…) oponerse a toda deformación, mutilación u otro atentado sobre su actuación o interpretación, que lesione o perjudique su prestigio o reputación.
Sí, leyó bien. Miriam Hernández, Luchito Jara, Juan Gabriel y Alberto Plaza hoy ya tienen herramienta legal para oponerse ante cualquier “atentado” contra sus interpretaciones si lesionan su “prestigio o reputación”.
Artistas: avanzar sin transar, que la libertad de expresión y la parodia no son tan importantes como proteger el prestigio del artista.
Desde hace unos años en Chile, si usted quiere renovar o sacar por primera vez permiso de conducir le hace firmar un papelito donde usted declara si es o no donante de órganos. Suena un poco creepy al principio, pero resulta de suma relevancia para efectos de eventuales transplantes de alguno de los órganos que queden útiles luego de un accidente de tránsito que le cueste la vida.
Así también mi abuela, que es testigo de Jehová, tiene un autoadhesivo bien poco discreto en la parte trasera de su cédula de identidad donde, con grandes letras rojas, expresa su voluntad de no recibir transplante de sangre alguno, sea cual sea el motivo, por razones religiosas.
Usted podría pensar que sólo riñones, hígados o glóbulos rojos/plaquetas pueden ser objeto de un esfuerzo previo del futuro occiso para expresar de manera tangible su decisión respecto del destino de aquellos elementos que le son constitutivos. Pero no, un grupo de creativos activistas (que también han montado un countdown que muestra la cantidad de años que falta para que la obra de Notorious B.I.G. pase al dominio público(?)) ha ideado una forma práctica para hacerse cargo de antemano de toda la propiedad intelectual sobre las valiosas obras que hemos aportado a la humanidad.
Esta anécdota me trae a colación uno de los más bonitos absurdos de nuestra añeja, vetusta y desequilibrada ley de propiedad intelectual. Resulta que en general usted puede renunciar a los derechos que la ley le entrega, siempre que mire sólo a su interés individual y no esté, obviamente, prohibida su renuncia. Así, usted puede renunciar a la pensión alimenticia que la ley establece a su favor y mandarle la plata de vuelta a su papito corazón, pero no puede renunciar a sus derechos laborales.
Así, suena lógico que usted pueda renunciar a sus derechos patrimoniales de autor. Es decir, al derecho que la ley a usted le entrega de beneficiarse de la explotación comercial de su creación intelectual. Tanto así, que la propia ley sostiene que cuando se perfecciona una renuncia, la obra de aquel autor pasa a lo que se denomina patrimonio cultural común (artículo 11.c.). Entre nosotros, dominio público.
Todo bien hasta que leemos la tramposa norma del artículo 86, escondida en la parte final de la ley que señala:
“Son irrenunciables los derechos patrimoniales que esta ley otorga a los titulares de los derechos de autor y conexos, especialmente los porcentajes a que se refiere los artículos 50, 61, 62 y 67.”
Así, mientras el artículo 11 nos dice que si renunciamos a los derechos de autor nuestra obra pasa al dominio público, el artículo 86 nos dice que la renuncia está prohibida (!). No voy a darles la lata explicando detalladamente cómo, en mi modesta opinión, esta flagrante y absurda contradicción debe resolverse, pero desde ya tenemos que asumir que es necesario eliminar derechamente la norma del artículo 86 o bien restringirla a los derechos morales que sí son irrenunciables o bien a los porcentajes a los que hace referencia. Eso sí que es más lógico y razonable. No parece razonable que una ley me prohiba regalarle a alguno de ustedes, por ejemplo, el lindo afiche de Wilco que adorna mi oficina.
Ya a estas alturas lo sabe: Los caminos del Señor y del derecho de autor son muy sinuosos y los gobiernan extraños intereses, todos a nombre de los autores y muchas veces contra los autores.
El derecho de autor supone, entre otras cosas, la necesidad de equilibrar los intereses que se encuentran comprometidos. Y cuando se analiza la forma que el derecho de autor ha ido tomando en los últimos años, veremos cómo la tendencia más clara es hacia la sobre protección de estos derechos en detrimento de los intereses públicos. Es que el derecho de autor implica un monopolio de explotación exclusiva para quienes crean obras de carácter intelectual, pero este monopolio va evidentemente de la mano con que estas obras intelectuales puedan ser distribuidas y disfrutadas por el público, por todos nosotros. Si las obras intelectuales creadas tuvieran por objeto reposar en el tiempo en gavetas escondidas bajo llave, no tendría mayor sentido que sus creadores gozaran de este monopolio de explotación.
Esta desafortunada protección de los derechos de autor, excesiva y desequilibrada, ha supuesto una serie de efectos altamente perniciosos para el público y para el acceso.
Una de las disciplinas donde más relevante se hace aclarar esta dicotomía entre más protección y necesidad de acceso es en ambientes académicos. A pesar de la relevancia que supone en principio que las investigaciones llevadas a cabo en contextos universitarios sean accesibles a la mayor cantidad de lectores posible, para de esta forma tener retroalimentación y seguir desarrollando la investigación inicial, ha habido una tendencia importante y marcada hacia la ‘propietarización’ (si se me permite la frase) de este conocimiento hacia revistas científicas especializadas. De esta forma, si una investigación de carácter académico quiere ser tomada en serio, esta tendencia supone que debe pasar por los exámenes que supone la publicación en estas publicaciones académicas llamémoslas ‘tradicionales’ para ser publicadas durante un lapso de tiempo que no es menor a seis meses, incluso un año en algunos casos.
Una de las características de estas revistas, que por otro lado supone también su existencia, es que sus contenidos revisten el carácter de exclusivos. Esto es, si usted no tiene el dinero que cuesta la suscripción a dicha publicación tradicional, simplemente no tiene acceso. Esto ha llevado a que buena parte de los recursos que cuentan las bibliotecas universitarias esté destinado, precisamente a hacerse cargo de la suscripción de estas reputadas publicaciones de carácter académico. Y supone, en esta parte del mundo, que muchos de nuestros académicos e investigadores no pueden ser parte del conocimiento que circula y se distribuye a través de sistemas cerrados y de alto valor de mercado.
Es así como han surgido, desde la misma academia por cierto, iniciativas que apuntan precisamente a lo que en principio las publicaciones académicas necesitan: no estar cerradas ante el acceso de terceros, sino que utilizar las redes informáticas para llegar a más interesados en compartir su conocimiento. Este movimiento, en términos genéricos, se ha denominado Open Access, o Acceso Libre/Abierto y propone el acceso inmediato, permanente y a texto completo de los trabajos desarrollados por académicos, principalmente gracias a las posibilidades que ofrece Internet. De esta forma, según dicen quienes recogen estos principios, se disminuye la brecha para el acceso al conocimiento que supone que las investigaciones académicas se mantengan ‘cerradas’ por publicaciones privadas con altos precios de suscripción.
En esta misma dirección, la semana recién pasada los académicos de la Universidad de Harvard decidieron por unanimidad distribuir los resultados de sus investigaciones y sus trabajos académicos a través de repositorios institucionales que responden a los criterios de acceso abierto y gratuito a todo el mundo. Los autores, en cualquier caso, mantienen sus derechos de autor y por tanto la posibilidad de publicar estas investigaciones en revistas especializadas tradicionales dado el carácter de no exclusivo del permiso que tiene la Universidad para poder publicar estos trabajos en los repositorios universitarios.
La decisión de la comunidad de la Universidad de Harvard no es sino cambiar el paradigma de distribución de los contenidos de acuerdo a la masificación y los beneficios que supone Internet para superar los altos costos de distribución de los trabajos académicos y superar por tanto las barreras para que el conocimiento pueda diseminarse a través de la comunidad académica. A través de una opción por el Open Access, en este caso, el conocimiento que se ha producido en el seno de una de las Universidades más prestigiosas del mundo puede circular a través de distintas comunidades académicas permitiendo que sus investigaciones puedan influir y tener retroalimentación no sólo entre quienes tienen la posibilidad de pagar altos precios de suscripción para revistas especializas, sino que también para los académicos e investigadores de nuestros países.
La decisión tomada por la comunidad académica de la Universidad de Harvard reconoce en Internet y en las nuevas tecnologías una oportunidad única en la historia para que los autores no dependan de los intermediarios para poder llegar al público, logrando un mayor acceso y difusión de los logros universitarios.
UNO. Eres un profesor. Pides un ensayo a tus alumnos que llevará una nota final. El día que recibes los trabajos te das cuenta que uno de ellos te entrega un artículo que te parece sospechoso. Entonces en Google escribes una de las frases más elaboradamente dudosas. Efectivamente, el estudiante ha hecho un cut’n paste descarado y ante esa evidencia de inteligencia tan escueta, decides ponerle nota 1. En el mismo ejercicio pero con otro alumno, te das cuenta que éste ha tomado varias ideas de otros autores sin atribuirlas pero que terminan en un trabajo de gran nivel: síntesis de ideas importantes, relación de conceptos, una clara línea argumental, etc. ¿Qué nota le pones? ¿Es este un plagio entendido como robo o finalmente el estudiante ha sido capaz de sintetizar el conocimiento y transformarlo en algo nuevo?
DOS. En un mundo conectado en nodos comunicativos –donde Internet es solo una muestra- y donde el tráfico de conocimiento es exponencial, estamos cada vez más acostumbrados a oír y discutir sobre samplers, cut’n paste, copyleft, y diversas derivaciones de las problematizaciones del conocimiento y los derechos autorales, pero ¿qué se habla en la educación? Todos pregonan sobre la supuesta importancia de las TIC en la escuela, pero poco se reflexiona sobre las implicancias que ellas tienen en un modelo educativo cartesiano. En este contexto, el plagio sólo es tratado como engaño moral pero nadie se hace la pregunta si hoy, en esta nueva concepción del conocimiento gracias a las TIC, es posible que el plagio quepa como manifestación del saber en la educación.
TRES.
(…) ¿Qué, quieren una originalidad absoluta? No existe. Ni en arte ni en nada. Todo se construye sobre lo anterior, y en nada humano es posible encontrar la pureza. Los dioses griegos también eran híbridos y estaban “infectados” de religiones orientales o egipcias. También Faulkner proviene de Joyce, de Huxley, de Balzac, de Dostoievsky…
CUATRO. Aclaremos primero qué se denomina plagio. La RAE lo considera como “copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”. Esto sería, claro, parecido a un robo. Pero me gustaría concentrarme –como Lessig nos enseñó con el copyright- en si las consideraciones de plagio siempre han tenido estas connotaciones negativas a lo largo de la historia. Y la verdad es que son muchas las manifestaciones culturales que se han valido por siglos de un plagio que ha cambiado de nombres (copia, imitación, reciclaje…), pero que en definitiva simbolizan una forma de uso de los saberes, propietarios o no, en la sociedad. Según el colectivo Critical Art Ensamble, “antes de la Ilustración el plagio estaba bien visto. Era útil en tanto que contribuía a la distribución de las ideas”.
Estrictamente hablando, el plagio pertenece a la cultura de después del libro, puesto que es en esa sociedad en la que se puede hacer explícito lo que la cultura de los libros, con sus genios y sus autores, tiende a esconder -, a saber, que la información es mucho más útil cuando entra en contacto con otra información y no cuando se la deifica y se la presenta en el vacío.
En el postcapitalismo, el plagio se lee a través de dos caras de una misma moneda. La primera es una más bien moral. Considerar al plagio como una reacción contra la comodificación (privatización) de los bienes culturales de la sociedad a través de su recontextualización (el ejemplo del colectivo artístico Superflex es muy preciso). La otra cara, la que me parece más interesante para los efectos de la educación, dice relación con la inserción productiva de los sujetos. Si en la economía, el flujo de la producción, distribución y consumo se convierten –gracias a las TIC– en un único acto ininterrumpido, ¿existe espacio para la idea original? En una circulación de conocimientos muchas veces caótica ¿se necesitan más ideas originales si aceptamos que ellas existen? ¿O más bien la sociedad necesita de buenos sintetizadores que con la premura del tiempo productivo puedan insertar sus ideas/productos en el ciclo de la producción, distribución y consumo? La pregunta última, claro, tiene que ver con qué individuos queremos educar y, por sobre todo, para qué.
CINCO. Pero ¿qué se deja atrás cuando se plantea una educación para plagiadores? La respuesta creo que debe hacerse desde la inserción de las TIC en la cultura. En este contexto, se pone en entredicho el conocimiento como objeto ajeno al sujeto, donde el individuo puede aprehender al objeto en su esencia misma, sin connotaciones ni distorsiones. Con las TIC, revolucionariamente, el saber se concibe no como una idea de conocimiento objetivo, sino como producto de la intervención colectiva de sujetos en colaboración (web 2.0). Pero por sobre todo, la idea de autor deja de ser figura exclusiva de principio de coherencia del discurso: el hipertexto llegó para liberar al lector/receptor de la dominación jerárquica de esa fuente de ideal coherencia. En la educación, entonces, ¿tiene sentido seguir considerando al plagio como copia de un autor y saber cartesiano?
SEIS. Si la educación ha de buscar una respuesta, primero no debe escandalizarse con la entrada de las TIC en la vida de los estudiantes. Es imperioso recontextualizar el concepto a la luz de los antecedentes. En este sentido, creo que el plagio al que debemos referirnos no es a esa copia descarada sino más bien a ese trabajo que toma significados culturales y los recontextualiza creando una nueva obra sintetizada. Así, el problema de dar como propia la obra no sería el meollo del asunto, sino el producto que se sintetiza y la recepción de él. Por lo demás, no sería mala idea incorporar al currículum la enseñanza de los Creative Commons como parte de la historia de las ideas pues, en cierto sentido, estas licencias presuponen un saber sintetizado y pueden darle al uso de citas un sentido de colectividad cultural más que de exclusiva atribución individual del conocimiento. Así, si se resignifica el plagio, también deben modificarse lo que evalúan los profesores y sus consecuentes herramientas de evaluación. Si hay consenso en incorporar las TIC en la educación, ¿no sería hora ya de pensar en cómo caben las nuevas lógicas del conocimiento –el plagio como una de ellas- en la educación?
SIETE. Al final de este punteo, no se me ocurre nada mejor que terminar con el que considero gran problema para llevar a cabo una educación para plagiadores: la educación cartesiana propia de nuestra tradición, confiere al conocimiento una atribución de propiedad, es decir, el sujeto “toma” un saber y lo hace “propio”. Y, como ya sabemos, el conocimiento como propiedad privada es el lema del copyright. En esa muralla de tradición, ¿cómo hacemos caber una educación para plagiadores? En eso trabajo. ¿Alguna idea?
Les voy a contar una historia sin final feliz. Pensándolo bien, que creo no tendrá un final feliz, porque en este tipo de historias son los malos los que siempre ganan, y en este tipo de historias el jovencito termina tomando vino en caja en una cuneta o algo por peor. No llega en un corcel blanco a defender una doncella.
Lejos de caracterizaciones, en lo que es ya el segundo trámite legislativo, el Senado se encuentra discutiendo (yo sé que es un decir estando a 29 de Enero) la famosa reforma a nuestra añeja y apolillada ley de propiedad intelectual de la que hemos hablado profusamente en este, su blog favorito.
Ya la comisión de Educación del Senado, donde se ha centrado la discusión, se promovieron audiencias donde fueron invitados representantes de las industrias del entretenimiento, de los sellos discográficos, del software, de “los autores” como la SCD, pero también a quienes representan intereses públicos, como agrupaciones de bibliotecarios, la asociación de editores de Chile y ONG Derechos Digitales, entre otros. Sí, yo estuve ahí, pero esta historia no se trata de eso.
La semana pasada se discutió “en general” (esto es, sin entrar a discutir el fondo del asunto) en la sala del Senado el proyecto que ya pasó por las manos de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Educación del Senado. Y la “discusión” muy entre comillas, porque fue una discusión de tipo general, fue como esos partidos de fútbol de viejas glorias, de Colo-Colo 73 suponga, donde uno lo ve completo sólo para ver algún destello del talento marchito de Carlos Caszely.
De acá en adelante, saque papel y lápiz. O aplique Zotero, si es que usted es un chico/chica 2.0 que se precie de tal.
En la discusión en sala, varios senadores pidieron la palabra, para dar sus two cents respecto de lo que se estaba discutiendo. Cada uno desde sus ranchos, los que participaron en la discusión general fueron los siguientes senadores, por orden de aparición: Andrés Chadwick (UDI), Nelson Ávila (Indep.), Juan Pablo Letelier (PS), Ricardo Núñez (PS), la aparición fantasmal de Jorge Arancibia (UDI) y Alejandro Navarro (Indep.). Como a pesar de tener la información, no tengo alma de periodista escueto, a continuación los dejo con una fina selección de los mejores pasajes de la corta discusión, todas dignas de ser guardadas por los siglos de los siglos. Hasta cuando tengamos malas noticias, como ya les adelanté:
Fotografía UDI.cl Senador Chadwick:
Momento Kodak:
“Más bien deberíamos posibilitar el acceso a bienes culturales como sociedad toda, como Estado, como responsabilidad compartida y no como carga particular a quienes son los creadores de dichos bienes culturales.”
Momento WTF:
“si se orienta a fines de investigación y desarrollo [la excepción de ingeniería reversa], se estará permitiendo que sean copiados y usados por alguien que no los creó que no es dueño y que, obviamente, va a obtener beneficios con algo que no le pertenece”
Nota de la redacción: La relación entre propiedad y derechos de autor es bien problemática, como ya he hecho alusión en este mismo blog. La concepción de “dominio” sobre una obra intelectual es precisamente a exageraciones y absurdos normativos como los que tenemos hoy.
“Quizás, por la premura con que muchas veces se discuten ciertas propuestas, se escapó el conocer con exactitud en qué proporción se reparte la torta de los derechos de autor”
“¿qué pasará con los hijos y nietos de los Senadores presentes, muchachos que cotidianamente prenden sus computadores, pinchan programas -como Ares, u otros-, bajan música en forma masiva, la ingresan a sus aparatos MP3, y andan en las calles todos los días escuchándola, sin pagar derechos de autor? ¿Los transformaremos en delincuentes? Porque, conforme a una interpretación que surge de la iniciativa, todo indica que será así. Y yo me opongo a eso, por cuanto si aquí queremos resguardar el concepto de derecho de autor, esta protección se halla de alguna forma encerrada en una lógica algo peculiar.”
Yo no votaré, señor Presidente, por transformar a nuestros hijos en delincuentes porque bajan música. Al momento de pronunciarme en particular, no respaldaré un texto que no se hace cargo de la necesidad de que existan mayores límites en lo que será la aplicación de cierto tipo de sanciones previstas por la ley en proyecto.
(…)
En mi concepto, si no nos cuidamos, con la ley en proyecto vamos a transformar a nuestros hijos y nietos en delincuentes, porque hay en ella excepciones que son bastantes restrictivas con respecto a lo que deberíamos garantizar en una normativa de esta índole.
Momento WTF:
Y probablemente debamos establecer medidas tendientes a estimular más el proceso que conlleva patentar las producciones intelectuales en Chile.
Nota de la redacción: Un héroe, Letelier. Sólo en la parte final quizás se enredó con la patentabilidad de producciones intelectuales. El sistema de patentes funciona en algunas circunstancias, pero no tiene que ver con derecho de autor. El resto, tres coloradas.
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Senador Arancibia:
Momento Kodak:
“Así es.” (Señalado de característico modo castrense en micrófono mientras el Senador Letelier sostenía que la gente piratea libros porque los libros son caros)
Tenemos que encontrar en este proyecto de ley, vía indicaciones -porque nos inquieta el punto-, un camino para regular adecuadamente la bajada de música desde Internet, que es posible, más que por la iniciativa de nuestros hijos o nietos, básicamente por el increíble desarrollo científico y tecnológico, que cada vez nos permite mayor acceso a los bienes culturales.
(…)
En consecuencia -y solo para recoger una intervención anterior-, también tuvimos en la Comisión de Educación preocupación en el sentido de que difícilmente aceptaríamos un texto que permitiera calificar de delincuentes a nuestros hijos y nietos por bajar música de Internet.
En la actualidad, dicha acción no es ilícita
[Nota: sí, lo es]. Si lo fuera, yo también sería delincuente, porque bajo música clásica mediante programas perfectamente habilitados para ese efecto.
Momento WTF:
En la Comisión de Educación se nos informó, por ejemplo, que muy pronto -con seguridad, el próximo año- vamos a contar en Internet con libros que se ubicarán en un espacio menor que el que ocupan los computadores que tenemos en esta Sala sobre nuestros escritorios.
Por otra parte, en cuanto a Internet, debo recordar que desde el 2003 hasta hoy existen más de 160 millones de obras en todo el mundo -en Chile, sobre 280 mil- que han sido licenciadas por sus autores con la cláusula de “algunos derechos reservados”. Ello significa que se protegen determinados derechos de autor y, al mismo tiempo, se regulan o liberan otros.
Hay un movimiento global de autores que se hallan a favor de un sistema de propiedad intelectual que equilibre los intereses en juego y que debemos evaluar.
(…)
Los autores han logrado manifestaciones artísticas mediante el uso de nuevas tecnologías. Por ejemplo, los jóvenes -aquí ya se ha señalado-, utilizando herramientas con altos componentes tecnológicos, crean y recrean música diferente a partir de otra ya establecida. Pero a quienes hacen hip hop o música electrónica, en lugar de premiarlos por su creatividad, nuestra ley los castiga severamente y los trata como delincuentes.
Una ley desequilibrada, pues, termina castigando nuevas formas de creatividad.
Momento WTF:
Todo, porque el 80% de lo que dijo lo he escuchado en alguna otra parte. :)
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Hasta acá, esto podría ser un bombazo: los Senadores que intervinieron sostuvieron que era una exageración que una ley de derecho de autor terminara apuntando a sus hijos como delincuentes. A todos nosotros, en otras palabras, como delincuentes. Eso es un gran WOW.
Pero el final de esta historia es incierto y probablemente triste. Aún quedan trámites parlamentarios en curso, y queda todo el lobby de quienes han estado presionando a Diputados y Senadores respecto de la conveniencia de tener una ley cada vez más restrictiva y amplia respecto de los derechos de los titulares de derechos de autor: industria discográfica, grandes industrias del entretenimiento, sociedad de gestión, industria del software, entre otros.
Esta reforma debiera estar publicada a mediados de año a más tardar, de acuerdo a los compromisos que tiene Chile con Estados Unidos vía TLC, por lo que durante Marzo esta discusión va a volver a ponerse en movimiento. Y va a ser ahí donde vamos a tener que tener los ojos bien abiertos para ver cómo votaron finalmente nuestros representantes en el Congreso, si logran redactar una ley que deje de lado los absurdos normativos existentes, incluyendo la criminalización de usos justos por parte de todos nosotros, o si bien terminan siendo cooptados por los grandes conglomerados del entretenimiento, quienes a nombre de los autores y a costa nuestra pretenden salvar un negocio que se está cayendo a pedazos hace mucho rato.