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	<description>Tecnología, derecho, cultura libre</description>
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		<title>Neutralidad de la red a la chilena</title>
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		<pubDate>Wed, 11 Aug 2010 19:01:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Neutralidad significa que los prestadores de servicios de internet no pueden discriminar entre distintos tipos de contenidos y aplicaciones en línea. Garantiza las mismas reglas del juego para todos los sitios web y tecnologías web. Con esas palabras, la ONG norteamericana Freepress define lo que entiende por neutralidad de la red, ese controvertido concepto que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote>
<p>Neutralidad significa que los prestadores de servicios de internet no pueden discriminar entre distintos tipos de contenidos y aplicaciones en línea. Garantiza las mismas reglas del juego para todos los sitios web y tecnologías web.</p>
</blockquote>
<p>Con esas palabras, <a href="http://www.freepress.net/files/carving_up_the_internet.pdf">la ONG norteamericana Freepress define</a> lo que entiende por neutralidad de la red, ese controvertido concepto que ha <a href="http://twitter.com/search?q=neutrality">concentrado la atención de la web durante los últimos días</a>. Google, hasta ahora férreo defensor de la idea de neutralidad, ha <a href="http://googlepublicpolicy.blogspot.com/2010/08/joint-policy-proposal-for-open-internet.html">anunciado</a> <a href="http://www.scribd.com/doc/35599242/Verizon-Google-Legislative-Framework-Proposal">una confusa propuesta</a> con Verizon (uno de los más importantes ISP norteamericanos), lo que ha provocado una <a href="http://www.nytimes.com/roomfordebate/2010/8/9/who-gets-priority-on-the-web">masiva reacción del público como también de expertos</a> respecto del tema de moda.</p>
<p>Mientras en Estados Unidos rasgan vestiduras, el lector desprevenido pensará que para qué nos preocupamos tanto si acá tenemos una flamante ley de neutralidad de la red. Quizás debiéramos llevarle a los políticos y activistas norteamericanos esta solución con sabor a empanadas y vino tinto que dejó contentos a moros y cristianos. A <a href="http://www.neutralidadsi.org/2010/07/13/camara-de-diputados-aprueba-el-proyecto-de-ley-de-neutralidad-en-la-red/">activistas</a>, al <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/07/chile-neutralidad-en-la-red/">gobierno</a> y a prestadores de servicio. <strong>Pero no</strong>.</p>
<p>Si en un ejercicio hipotético lleváramos nuestra ley como propuesta a la gente de <a href="http://www.savetheinternet.com/">Save the Internet</a>, seguramente nos preguntarían de qué tipo de neutralidad estamos hablando. Porque claro, una de las dificultades que tiene el tema tiene que ver con el aspecto conceptual. ¿Queremos una ley contra el traffic shapping, una ley contra el bloqueo de puertos, una ley que mejore la velocidad y la latencia de nuestras conexiones? ¿O una ley que obligue a la neutralidad?</p>
<p>Dejando de lado por el momento que de alguna manera se requiere cierto tipo de intervención para que la internet funcione, una ley de neutralidad en rigor debiera apuntar a establecer restricciones precisas sobre lo que el ISP puede y no puede hacer con los paquetes que transporta de un lado a otro. <strong>Y eso no pasa en la ley chilena</strong>. En <a href="http://www.derechosdigitales.org">Derechos Digitales</a> publicamos <a href="http://www.derechosdigitales.org/2010/07/27/las-dudas-de-la-ley-sobre-neutralidad-en-la-red/">un pequeño informe</a> sobre el punto donde se tratan varios de estos aspectos con más detención. Yo quisiera detenerme sólo en dos de ellos. <a href="http://quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/neutralidad.pdf">Dice la ley</a>,</p>
<blockquote>
<p>Art. 24 H.- (&#8230;) [Los ISP] <strong>No podrán arbitrariamente</strong> bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio <strong>legal</strong> a través de Internet, así como cualquier otro tipo de <strong>actividad o uso legal</strong> realizado a través de la red.</p>
</blockquote>
<p>1.- <strong>Impide que los ISP </strong><strong>«arbitrariamente»﻿ </strong><strong>restrinjan la red</strong>. Este eufemismo quiere decir que si el ISP da razones que justifiquen sus medidas de bloqueo o discriminación, entonces está autorizado por la ley. La jurisprudencia chilena es clara respecto de lo que «<em>arbitrariamente</em>» quiere decir respecto del recurso de protección, sosteniendo que algo es arbitrario cuando responde al «mero capricho». Luego, si no responde al mero capricho sino que a cierta justificación (mejor uso de la red, por seguridad, o lo que sea), <strong>el ISP está autorizado a bloquear</strong>.</p>
<p>2.- <strong>Se refiere a actividades, servicios o aplicaciones «legales»</strong>. Este es un punto que ha provocado <a href="http://www.eff.org/press/archives/2010/01/14">importantes reacciones</a> en la discusión norteamericana. <a href="http://www.realnetneutrality.org/">Hasta campañas han hecho</a> para evitar una restricción como esta. En Chile, sorpresivamente a todos parece venirle bien. La ley se preocupa de no definir lo que considera actividades «legales» en el contexto de la ley de neutralidad, lo que le deja la mesa servida a que la SCD y/o la IFPI lleguen a acuerdos con los ISP para bloquear puertos y tecnología que eventualmente permita bloquear estos usos considerados «ilegales».  Si usted creía que esta ley le iba a permitir exigir a su ISP que le deje de bloquear sus puertos destinados a bajar películas por Bittorrent, piénselo de nuevo.</p>
<p>Sólo estos dos puntos, además de <a href="http://www.derechosdigitales.org/2010/07/27/las-dudas-de-la-ley-sobre-neutralidad-en-la-red/">otras observaciones que puede hacérsele al contenido del proyecto</a>, <strong>son lo suficientemente problemáticos</strong> como para ser una solución adecuada al problema de la neutralidad de la red en nuestro país. Es más, <a href="http://www.eff.org/deeplinks/2010/08/google-verizon-netneutrality">si una mira el análisis que hizo EFF de la propuesta Google-Verizon</a>, veremos que dos de sus observaciones tienen que ver exactamente con lo mismo que tendremos en nuestra ley de neutralidad, que denominan «Reasonable Network management﻿» y «“Lawful” Content and Wireless Exclusions﻿».</p>
<p>Yo sí creo que es posible tener una regulación en Chile aun cuando en Estados Unidos no se haya resuelto legislativamente. Pero esa regulación debiera ser en serio y no sólo un saludo a la bandera que, finalmente, implica una normativa llena de vacíos y que parece estar más preocupada de entregar mejor información de los planes de banda ancha (algo importante, pero que poco tiene que ver con la idea global de neutralidad de la red) que de entregar garantías eficaces de no intervención.</p>
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		<title>Claudio Gay y la sustracción del dominio público</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/08/11/claudio-gay-y-la-sustraccion-del-dominio-publico/</link>
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		<pubDate>Wed, 11 Aug 2010 14:59:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[cartas no publicadas]]></category>
		<category><![CDATA[claudio gay]]></category>
		<category><![CDATA[dominio publico]]></category>
		<category><![CDATA[magdalena krebs]]></category>
		<category><![CDATA[memoria chilena]]></category>

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		<description><![CDATA[Señor Director, Hace algunas semanas se dio a conocer la sustracción de valiosos manuscritos de Claudio Gay desde el Archivo Nacional por parte de desconocidos. En carta publicada ayer doña Magdalena Krebs, directora de Bibliotecas, Archivos y Museos, destaca dicha recuperación y la importancia que dicha documentación reviste. Dichos manuscritos pertenecen al patrimonio cultural común, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Señor Director,</p>
<p>Hace algunas semanas se dio a conocer la <a href="http://www.dibam.cl/noticias.asp?id=12909">sustracción de valiosos manuscritos de Claudio Gay desde el Archivo Nacional</a> por parte de desconocidos. En <a href="http://diario.elmercurio.cl/2010/08/09/editorial/cartas/noticias/4ddb670f-6f94-4e27-813f-12121edad45a.htm">carta publicada ayer</a> doña Magdalena Krebs, directora de Bibliotecas, Archivos y Museos, destaca dicha recuperación y la importancia que dicha documentación reviste.</p>
<p>Dichos manuscritos pertenecen al patrimonio cultural común, pudiendo ser usados, reproducidos y publicados por cualquiera de nosotros sin pago de derechos. El portal Memoria Chilena, dependiente de DIBAM, ha hecho una gran labor de difusión de este tipo de obras pero, lamentablemente, sus condiciones legales de uso dificulta su utilización y difusión, al establecer restricciones que contrarían lo dispuesto en la ley de propiedad intelectual impidiendo la libre difusión de obras tan importantes para nuestro acervo cultural.</p>
<p>Las confusas condiciones de uso en este sitio web suponen una nueva y triste sustracción al patrimonio cultural común. A pesar de ser materialmente recuperadas, los manuscritos de Claudio Gay siguen estando de alguna manera perdidas sin beneficiarse de las posibilidades de difusión y acceso que otorgan las nuevas tecnologías.</p>
<p>Claudio Ruiz</p>
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		<title>Es mentira que las pérdidas por la piratería en Chile sigan aumentando</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/07/13/es-mentira-que-las-perdidas-por-la-pirateria-en-chile-sigan-aumentando/</link>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 16:57:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[  Fotografía por Joriel, CC:BY-NC-ND﻿   El Diario Financiero hace hoy un copypaste tradicional de los comunicados de prensa de las empresas de software, titulando que Chile habría aumentado en un 56% las pérdidas por piratería de software en 2009. Según el artículo, mientras en 2008 las pérdidas por piratería de software habrían sido de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/screenshot_022.jpg" border="0" alt="screenshot_02.jpg" width="476" height="314" /></p>
<p> </p>
<pre style="margin: 8px;"><a href="http://www.flickr.com/photos/joriel/3230590513/">Fotografía por Joriel</a>, <a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.0/deed.en">CC:BY-NC-ND﻿</a></pre>
<p> </p>
<p>El Diario Financiero hace hoy un copypaste tradicional de los comunicados de prensa de las empresas de software, titulando que <strong><a href="http://www.df.cl/portal2/content/df/ediciones/20100713/cont_145761.html">Chile habría aumentado en un 56% las pérdidas por piratería de software en 2009</a></strong>.</p>
<p>Según el <em>artículo</em>, mientras en 2008 las pérdidas por piratería de software habrían sido de US$202 millones, <strong>Chile habría perdido</strong> (cómo me encantan estos eufemismos) US$315 millones en 2009, lo que sería un crecimiento de un 55,9%.</p>
<p>Con premura, el abogado Rodrigo Bulnes, de la Business Software Alliance (curiosamente la única fuente citada en casi todos estos <em>artículos</em>), <a href="http://www.df.cl/portal2/content/df/ediciones/20100713/cont_145761.html">incluso se atreve a comparar estas pérdidas con número de mediaguas</a> y con los fondos que se esperaban recaudar con el royalty a la gran minería del cobre.</p>
<p>Curioso.</p>
<p>Cada vez que se publican estas cifras, vuelvo a mirar <a href="http://arstechnica.com/tech-policy/news/2008/10/dodgy-digits-behind-the-war-on-piracy.ars/2">el artículo que en 2008 escribió Julian Sanchez para Ars Technica</a>, quien hizo una investigación respecto de estas cifras con las que periódicamente nos bombardea la industria. ¿Su conclusión? No tienen ningún asidero en la realidad.</p>
<p>Más todavía, hace un par de meses nos enteramos <a href="http://www.gao.gov/new.items/d10423.pdf">de un informe del gobierno norteamericano</a> que examinó estos estudios sobre piratería <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/04/el-gobierno-de-estados-unidos-admite-que-las-cifras-de-pirateria-son-inventos/">admitiendo que muchos de ellos son inventos</a> y, respecto de las cifras, sostuvo que</p>
<blockquote>
<p>La naturaleza ilícita de la falsificación y piratería  hace que estimar el impacto económico de infracciones a la propiedad  intelectual sea extremadamente difícil”, señala el documento. Además, el  valor en dinero que se le asigna a lo que supuestamente se perdió por  esta actividad son “suposiciones… que pueden tener gran impacto en los  resultados estimados”.﻿</p>
</blockquote>
<p>Recomiendo el <a href="http://www.derechoaleer.org/2010/04/el-gobierno-usa-admite-erroneos-datos-sobre-pirateria.html">análisis del informe hecho por Derecho a Leer</a>, donde además se destacan los efectos positivos que incluso podría tener para la economía la piratería, los cuales deberían ser evaluados también.</p>
<p>Así se acaba lo curioso y aparece la falta de rigurosidad que, al parecer, no es sólo responsable el gremio de los periodistas.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Actualización</strong></span>: (Ojo las fuentes que citan)</p>
<p>- <a href="http://www.publimetro.cl/nota/teknik/chile-pierde-us315-millones-por-pirateria-de-software-en-2009/xIQjgm!IfMGshCmvnF6/">Publimetro</a>.</p>
<p>- <a href="http://www.americaeconomia.com/negocios-industrias/software-ilegales-causan-perdidas-por-us315m-en-chile-durante-2009">América Economía</a></p>
<p>- <a href="http://diario.elmercurio.cl/2010/07/14/economia_y_negocios/economia_y_negocios/noticias/74494aff-a6a7-4bfb-bfdc-281e129960eb.htm">El Mercurio</a></p>
<p>- <a href="http://www.lanacion.cl/chile-perdio-us-315-millones-por-pirateria-de-software/noticias/2010-07-13/201448.html">La Nación</a></p>
<p>- <a href="http://www.infoweek.biz/la/2010/07/chile-perdio-us-315-millones-por-pirateria-de-software-en-el-ano-2009/">InfoWeek</a> (con foto).</p>
<p>- <a href="http://noticias.terra.es/2010/economia/0714/actualidad/chile-perdio-315-millones-de-dolares-en-impuestos-por-pirateria-de-software-en-2009.aspx">Terra</a></p>
<p>- <a href="http://elcomercio.pe/noticia/596045/chile-perdio-315-millones-dolares-impuestos-pirateria-software-2009">El Comercio de Perú</a> (?)</p>
<p>- <a href="http://www.diariopyme.com/2010/07/perdidas-por-uso-de-software-ilegal-llegaron-a-us-315-millones-en-2009/">Diario Pyme</a></p>
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		</item>
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		<title>Diputados chilenos acuerdan apoyar ONG pro-vida</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 15:01:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los «Proyectos de Acuerdo» que usualmente firman nuestros diputados tienen cero validez jurídica. Consisten en propuestas hechas por algunos de ellos con el objeto de adoptar acuerdos o sugerir observaciones sobre los actos del Gobierno, o bien, obtener un pronunciamiento sobre temas de interés general. Si usted tiene buena memoria recordará que ese mismo efecto [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los «Proyectos de Acuerdo» que usualmente firman nuestros diputados tienen cero validez jurídica. Consisten en <a href="http://www.camara.cl/preguntas.aspx">propuestas hechas por algunos de ellos con el objeto de adoptar acuerdos</a> o sugerir observaciones sobre los actos del Gobierno, o bien, obtener un pronunciamiento sobre temas de interés general. Si usted tiene buena memoria recordará que ese mismo efecto normativo -es decir, cero- tuvo el famoso <a href="http://www.camara.cl/sala/doc2.aspx?DOCID=1172">proyecto de acuerdo sobre software libre en el Estado de 2008</a>. En honor a la verdad, estos «acuerdos» son también maniobras de presión política, como <a href="http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdo_detalle.aspx?prmID=2724">aquel que se pronuncia sobre la postulación de Isabel Allende al Premio Nacional de Literatura</a>. Pero en fin, no me desvío más del tema.</p>
<p><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/screenshot_021.jpg" border="0" alt="screenshot_02.jpg" width="502" height="233" /></p>
<p>El punto es que mi obsesión por las Cartas al Director de El Mercurio por fin me trae algo más que malos ratos. Mediante <a href="http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2010/07/13/defensa-de-la-vida.asp">carta enviada por el señor Francisco Astaburuaga</a>, me entero del <a href="http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdo_detalle.aspx?prmID=2752">proyecto de acuerdo Nº100 del 7 de Julio de 2010﻿</a>, en el que nuestra Cámara de Diputados aprueba expresar su solidaridad con &#8220;organizaciones mundiales que luchan contra el aborto&#8221;.</p>
<blockquote>
<p>Expresar su solidaridad a todas las organizaciones mundiales que luchan contra el aborto y en particular a la O.N.G. Española Derecho a Vivir, que ven con horror como en España <span style="text-decoration: underline;">se ha perfeccionado</span> el asesinato más deleznable en contra de un ser indefenso, como es el que se comete en el aborto.</p>
</blockquote>
<p>(el subrayado es <a href="http://www.camara.cl/pdf.aspx?prmID=2752&amp;prmTipo=PACUERDO">del original</a>)</p>
<p>Sólo una idea. Además de lo que <a href="http://www.quemarlasnaves.net/lo-que-si-hay-detras-de-la-pildora/">ya he comentado alguna vez respecto de los falaces argumentos constitucionales</a> en contra de legislar sobre el aborto en Chile, este tipo de declaraciones no se hacen cargo de los dilemas y las complejas decisiones políticas que hay tras las decisiones que los países adoptan respecto de este tema. Pareciera ser siempre más fácil clausurar el debate hablando del <em>asesinato de un inocente</em>. Insólito, además, hablar de <em>víctimas</em> cuando en Chile <a href="http://www.terra.cl/actualidad/index.cfm?id_reg=1191235&amp;id_cat=302.&amp;titulo_url=Ni%C3%B1a_de_15_a%C3%B1os_provoca_aborto_a_hermana_de_13:_compro_Misotrol_por_Internet">los médicos de hospitales públicos denuncian a la policía a menores de edad pobres</a> que se practican abortos irregulares y que como último recurso llegan a los recintos asistenciales. <strong>En el caso del aborto, las víctimas son siempre mujeres pobres</strong>. Y esas palabras no aparecen en ningún proyecto de acuerdo respecto de este tema.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Reflexión sobre el remix en la Edad Media</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/07/11/reflexion-sobre-el-remix-en-la-edad-media/</link>
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		<pubDate>Sun, 11 Jul 2010 04:04:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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		<description><![CDATA[«Mezclar, remover, fusionar, amalgamar son operaciones que con frecuencia se consideran infernales, puesto que transgreden la naturaleza y el orden de las cosas queridos por el Creador» Michel Pastoureau, Una historia simbólica de la Edad Media occidental. Katz, 2006.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p>«Mezclar, remover, fusionar, amalgamar son operaciones que con frecuencia <strong>se consideran infernales</strong>, puesto que transgreden la naturaleza y el orden de las cosas queridos por el Creador»</p></blockquote>
<p>Michel Pastoureau, <em><a href="http://www.katzeditores.com/fichaLibro.asp?IDL=25">Una historia simbólica de la Edad Media occidental</a></em>. Katz, 2006.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>¿Qué tan pública es la información pública en Chile?</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/07/05/%c2%bfque-tan-publica-es-la-informacion-publica-en-chile/</link>
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		<pubDate>Mon, 05 Jul 2010 03:30:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[General]]></category>
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		<description><![CDATA[La ley de transparencia chilena -aquella que regula la transparencia de la función pública y el derecho de acceso a la información del Estado- no define qué quiere decir que algo sea público. Establece principios y reglas que los organismos del Estado deben respetar pensando en la transparencia, pero no determina qué es lo que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/screenshot_021.png" border="0" alt="screenshot_02.png" width="500" height="300" /></p>
<p>La <a href="http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363&amp;buscar=20285">ley de transparencia chilena</a> -aquella que regula la transparencia de la función pública y el derecho de acceso a la información del Estado- <strong>no define qué quiere decir que algo sea </strong><em><strong>público</strong></em>. Establece principios y reglas que los organismos del Estado deben respetar pensando en la transparencia, pero no determina qué es lo que los ciudadanos podemos hacer con dicha información. Tenemos <em>derecho a conocer</em> las remuneraciones y gastos de los ejecutivos de Televisión Nacional, pero no tenemos claridad si tenemos <em>derecho a usar</em> aquella información o en qué condiciones podemos hacerlo.</p>
<p>Lo anterior tiene, creo, a lo menos dos grandes problemas. El de la documentación y el de los datos.</p>
<h2>La documentación</h2>
<p>El primero, tiene que ver <strong>con la documentación</strong>. Desde el punto de vista de la transparencia, sabemos que cierta documentación reviste carácter público. El que no sepamos en realidad qué es lo que diablos ello significa implica que aquellas cosas que hagamos con ese tipo de documentación va a tener un confuso estatus jurídico. Por ejemplo, la documentación de los entes del Estado, desde el punto de vista del derecho de autor chileno, tiene prácticamente el mismo tratamiento que la documentación privada. Esto significa que cualquier cosa que hagamos con ella requiere o el permiso del titular de los derechos -el organismo público-, o bien el permiso de la ley -a través de alguna excepción-. Tanto es así que la ley de propiedad intelectual, <a href="http://derechodeautor.cl/articulo/88/">permite que dichas obras puedan ser liberadas al dominio público</a> por resolución del titular de los derechos.</p>
<p>Sin ir más lejos, si el <a href="http://www.consejotransparencia.cl">Consejo para la Transparencia</a> no ha emitido <a href="http://www.consejotransparencia.cl/instrucciones-generales/consejo/2010-04-16/205931.html">resolución alguna respecto del punto</a>, quiere decir que todas sus resoluciones están en el dominio privado. Si usted quiere hacer una compilación de las resoluciones más importantes del Consejo, no lo puede hacer. Si usted quiere reproducir o traducir dicha información, requiere del permiso del titular.</p>
<h2>Los datos públicos</h2>
<p>El segundo, y quizás más importante, tiene que ver <strong>con los datos públicos</strong>. Una cosa es que podamos acceder a la información pública, pero ¿y qué tal si queremos trabajar y hacer cosas con dicha información?</p>
<p>Si entramos a la web del <a href="http://www.congreso.cl">Congreso Nacional</a>, por ejemplo, podemos conocer información importante de Senadores y Diputados. En una página distinta podemos tener información sobre la tramitación de los proyectos de ley y, en caso que la tramitación haya pasado por ambas «Cámaras»﻿, de hecho, tenemos dos páginas (<a href="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/screenshot_01.jpg">1</a> y <a href="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/screenshot_02.jpg">2</a>) que entregan casi la misma información. Si, adicionalmente, queremos conocer de las votaciones y asistencias de cada uno de los honorables a cada comisión, la búsqueda se pone un poco más complicada. Ahora, retomando la pregunta inicial, ¿Y qué tal si queremos <em>utilizar</em> estos datos para hacer gráficos respecto de su votación y sus declaraciones de intereses? ¿Y si queremos usar un robot para rescatar esos datos y trabajar con ellos? ¿Y si quiero hacer una comparación respecto de cómo vota un conjunto de diputados y senadores respecto de ciertos temas en específico?</p>
<p>Ah, sorpresa. <strong>No podemos</strong>. No porque no sean públicos, sino porque muchos de ellos son inaccesibles o bien es un prodigio tecnológico hacerlo. Acá se torna importante, sin profundizar mucho en el punto porque ello daría para otro artículo, el asunto de los formatos, dado que sólo podemos acceder a la información que entregan nuestros sitios estatales a través de documentación existente en formatos .doc y .pdf, no estando disponible en texto plano para su procesamiento.</p>
<p style="text-align: center;">§ §﻿ §﻿</p>
<p>La transparencia -o la publicidad de nuestra información pública- <strong>no es, por tanto, un problema sólo de acceso fáctico a la documentación</strong>. De esta forma, <a href="http://www.consejotransparencia.cl/consejo/site/artic/20100416/asocfile/20100416205931/instruccion_general6.pdf">no parece suficiente la Instrucción 6 del Consejo para la Transparencia</a>, sobre la gratuidad, que no hace mención alguna respecto de las condiciones de uso de la documentación y que sucintamente señala -confundiendo, de paso, <strong>formatos</strong> con medios de almacenamiento- que:</p>
<blockquote>
<p>Se entregará al requirente copia del original solicitado, pudiendo su contenido consistir en datos, voz, imágenes, videos, planos o informes, entre otros. Podrá entregarse de modo telemático (por medio de correo electrónico, por ejemplo) o físico, empleándose el soporte que el requirente haya señalado: papel (fotocopia, impresión, braille), medios magnéticos (cintas de video, cintas de audio, diskettes, discos duros, cintas magnéticas, etcétera), medios electrónicos (memorias, pendrives, etcétera) y medios ópticos (CD, DVD, BLUE RAY, etcétera), entre otros.</p>
<p>En caso que la información solicitada se encuentre en medios magnéticos, electrónicos u ópticos cuya tecnología de lectura y reproducción esté en riesgo de quedar obsoleta o desactualizada, el órgano o servicio deberá traspasar oportunamente la información a soportes y/o formatos que permitan en el futuro acceder a ellos y reproducirlos con facilidad.</p>
</blockquote>
<p>La falta de definición de que lo que implica que algo sea público resulta fundamental en la era digital. Y en esto no hay que reinventar la rueda. <a href="http://www.whitehouse.gov/tech">Estados Unidos</a> y el <a href="http://data.gov.uk/">Reino Unido</a> son referentes claves para entender cómo tomarse la transparencia pública en serio, <a href="http://www.opsi.gov.uk/advice/crown-copyright/copyright-guidance/copyright-in-public-records">tomando decisiones sobre los datos</a>, <a href="http://data.gov.uk/apps">entregando herramientas</a> y <a href="https://www.data.gov.uk/ideas/">abriéndose a nuevas ideas</a>.</p>
<p>El desafío entonces es que nuestras instituciones abandonen los paradigmas pre-digitales respecto del acceso a la información pública y que acepten la posibilidad de tratamiento de los datos, la documentación y sus condiciones de uso como elementos determinantes para el acceso en el siglo XXI.</p>
<pre>Fotografía (c) <a href="http://www.flickr.com/photos/nicolasbdotnet/">nicolasbdotnet﻿</a> <a href="http://www.flickr.com/photos/nicolasbdotnet/3310641017/">en Flickr</a>.</pre>
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		<title>¿Qué tipo de derecho a internet garantiza Finlandia?</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/07/02/%c2%bfque-tipo-de-derecho-a-internet-garantiza-finlandia/</link>
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		<pubDate>Fri, 02 Jul 2010 16:39:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[finlandia]]></category>
		<category><![CDATA[internet]]></category>

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		<description><![CDATA[Desde acá, y pese a compartir el frío y la latitud, Finlandia parece un país extraño. Lo último que supimos fue que se habría establecido un derecho a tener banda ancha. Lo que no siempre se ha comentado es la forma en la que ese &#8220;derecho&#8221; se configura. A partir del martes pasado, efectivamente los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Desde acá, y pese a compartir el frío y la latitud, Finlandia parece un país extraño. Lo último que supimos fue que <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/07/la-banda-ancha-de-1mbps-ya-es-un-derecho-en-finlandia/">se habría establecido un derecho a tener banda ancha</a>. Lo que no siempre se ha comentado es la forma en la que ese &#8220;derecho&#8221; se configura. </p>
<p>A partir del martes pasado, efectivamente los proveedores de acceso a internet están obligados a proveer un acceso de 1Mbps de ancho de banda. Esto no significa que exista un <em>derecho</em> así como se garantiza en los países decentes (no en Chile, btw) el derecho a la salud o a la educación. Significa que todas las personas tienen el <strong>derecho a contratar</strong> un ancho de banda de mínimo 1Mbps.</p>
<p>Además de la extraña configuración de este <em>derecho</em>, la iniciativa tiene que ser matizada además porque esta novedad regulatoria tampoco cambia tanto el escenario actual, considerando que el <a href="http://english.aljazeera.net/news/europe/2010/07/20107155246462623.html">porcentaje de penetración de internet en Finlandia es de casi un 99%</a>. </p>
<p>Más todavía, si uno revisa los planes que ofrecen en Chile (por lo menos en la capital) los principales proveedores de banda ancha son de un mínimo de 2MB (Telefónica-Movistar) y de 4MB (VTR).</p>
<p>Creo que más importante que enfocarse en la necesidad de exigir mayores estándares de ancho de banda a las compañías -que por supuesto me parece importante- es enfocarse en a lo menos dos aspectos fundamentales. Qué tipo de políticas públicas vamos a montar sobre estas plataformas y en segundo lugar para qué queremos tener mayor conectividad. </p>
<p>La superación de la brecha digital, en definitiva, no pasa solamente por modificar el aspecto <em>contractual</em> o derivados de la relación consumidor-prestador de servicios respecto de los servicios de internet, sino por el fortalecimiento de las políticas públicas asociadas a las nuevas tecnologías y el empoderamiento (que fea palabra) de los derechos de los ciudadanos.</p>
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		<title>OMPI publica estudio sobre dominio público</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/06/11/ompi-publica-estudio-sobre-dominio-publico/</link>
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		<pubDate>Fri, 11 Jun 2010 21:24:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[dominio publico]]></category>
		<category><![CDATA[ompi]]></category>

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		<description><![CDATA[Históricamente, la organización mundial de la propiedad intelectual (OMPI) no se ha caracterizado precisamente por su compromiso con los equilibrios en materia de derechos de autor. Pero en el marco de la denominada Agenda para el Desarrollo, ha avanzado algunos pasos en comprender la propiedad intelectual como un asunto vinculado también al acceso al conocimiento. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Históricamente, la organización mundial de la propiedad intelectual (OMPI) no se ha caracterizado precisamente por su compromiso con los equilibrios en materia de derechos de autor. Pero en el marco de la denominada Agenda para el Desarrollo, ha avanzado algunos pasos en comprender la propiedad intelectual como un asunto vinculado también al acceso al conocimiento.</p>
<p>En cumplimiento de las <a href="http://www.wipo.int/ip-development/es/agenda/recommendations.html">recomendaciones 16 y 20</a> de esta Agenda, la OMPI le encomendó a la belga Séverine Dusollier hacer un estudio sobre derechos de autor y conexos vinculados al dominio público en los países miembros de la organización.  El estudio <a href="http://www.wipo.int/ip-development/en/agenda/pdf/scoping_study_cr.pdf">acaba de ser publicado</a> (por el momento sólo en inglés) y es de gran ayuda, entre otras cosas, para analizar la configuración del dominio público como un motor para el desarrollo.</p>
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		<title>Cuáles son las novedades de la reforma a la Ley de Propiedad Intelectual</title>
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		<pubDate>Sat, 01 May 2010 22:11:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[columnas]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de autor]]></category>
		<category><![CDATA[fayerwayer]]></category>
		<category><![CDATA[nueva ley]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad intelectual]]></category>

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		<description><![CDATA[Los amigos de Fayerwayer me pidieron una columna donde resumiera la importancia de la reforma a la ley de propiedad intelectual. Esto es lo que resultó. Hace ya casi tres años les listaba una serie de actividades que, a pesar de lo obvias y comunes, eran consideradas ilegales por nuestra ley de propiedad intelectual (LPI). [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los amigos de <a href="http://www.fayerwayer.com">Fayerwayer</a> me pidieron una columna donde resumiera la importancia de la reforma a la ley de propiedad intelectual. Esto es lo que resultó.</p>
<p><a href="http://www.fayerwayer.com/2008/07/el-derecho-de-autor-requiere-un-trato-justo-para-todos/">Hace ya casi tres años</a> les listaba una serie de actividades que, a pesar de lo obvias y comunes, eran consideradas ilegales por nuestra ley de propiedad intelectual (LPI). Así bibliotecarios, profesores, estudiantes e incluso algunos autores, gracias a inexplicables vericuetos legislativos, en lugar de ser protegidos son considerados piratas por una ley que tiene su origen en el año 1970.</p>
<p>Pero, a pesar de lo que pudiera pensarse, los absurdos de esta ley no sólo se explican por ser un vetusto cuerpo normativo. Hasta hoy, sus sucesivas reformas se han realizado con el sólo fin de aumentar la protección que gozan titulares de derechos de autor en detrimento del interés del público, de todos nosotros. Ninguna de estas reformas, de estos cambios cosméticos, ha pretendido agregar siquiera una excepción adicional que beneficie a quienes, sin ser creadores, son sin duda alguna actores claves en el desarrollo cultural del país.</p>
<p>Hasta Mayo de 2007. La última reforma, promovida por la presidenta Bachelet, pretendía -entre otras cosas, claro- equilibrar los intereses en juego, agregando excepciones y limitaciones hasta el momento inexistentes. Prácticas de nuestras bibliotecas, de nuestros profesores o prácticas comunes dejarían de ser consideradas ilícitas y pasarían a tener la venia de la ley. Pero no todo el mundo estuvo de acuerdo. Fundamentalmente debido a la fuerte presión de grupos vinculados a la gestión colectiva y al cobro de derechos (como la SCD o la IFPI) el gobierno pasó de ser un defensor del equilibrio a comprometerse a la eliminación de excepciones que beneficiaban a bibliotecas y a la eliminación de la, hasta hoy célebre, <a href="http://www.fayerwayer.com/2009/04/no-soy-delincuente-la-primera-batalla-por-los-usos-justos-es-contigo/">excepción de usos justos</a>. Campañas tanto en internet como en el ‘mundo real’ lucharon contra esta fuerte presión, con resultados francamente notables si uno ve la tendencia legislativa de <a href="http://www.fayerwayer.com/2009/11/europa-permite-cortar-internet-sin-autorizacion-judicial-previa/">otros</a> <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/03/espana-internautas-se-rebelan-tras-envio-al-congreso-de-ley-de-economia-sostenible/">países</a> que, como si de una fusta invisible se tratara, siguen el ritmo de la sobre protección de derechos a costa de los derechos de los ciudadanos.</p>
<p>En los próximos días, finalmente, tendremos una nueva ley, que actualiza el régimen de sanciones, establece un sistema de limitación de responsabilidad de los ISP y que contempla un nuevo sistema de excepciones y limitaciones, casos en los que, sin mediar pago ni complejos sistemas de autorización, se encuentran ahora autorizados por la ley. En resumen, podríamos decir que son:</p>
<p>a) Excepciones para bibliotecas, permitiendo la reproducción, en ciertos, de obras no disponibles en el mercado; la reproducción electrónica de obras protegidas y la traducción con fines de investigación. Hoy, la palabra biblioteca no aparece ni una sola vez en la ley.</p>
<p>b) Excepciones para discapacitados, permitiendo la copia, adaptación, distribución de obras para discapacitados visuales, auditivos u otros. Hoy, las bibliotecas para ciegos son ilegales.</p>
<p>c) Excepciones que permiten usos personales, como la traducción de obras, copia de software y las actividades sobre dicha copia con el de investigación, corregir su funcionamiento o la seguridad de computadores o redes, además de la ingeniería inversa.</p>
<p>d) Otras excepciones, que permiten la sátira o parodia, el uso ‘incidental y excepcional’ de obras con el propósito de crítica, comentario, caricatura, enseñanza, interés académico o investigación (“usos justos”). Asimismo, se autoriza la inclusión de fragmentos de una obra protegida en una nueva a título de cita o con fines de crítica, ilustración, enseñanza e investigación. <em>Mashups, anyone</em>? <img src='http://www.quemarlasnaves.net/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';-)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Por supuesto que hay muchas cosas que faltan. Esta reforma sólo nos hace salir del <a href="http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/11/05/situaciones-internacionales-impresentables/">vergonzoso lugar en que nos encontramos comparativamente en el concierto internacional</a>. Se extraña, sin ir más lejos, un tratamiento más ordenado y un compromiso público para con la protección y difusión de aquellas obras pertenecientes al dominio público. También se extraña una norma explícita que se haga cargo de los graves problemas derivados de las denominadas obras huérfanas, aquellas obras que si bien se encuentran bajo protección, resulta materialmente imposible determinar quienes son sus titulares de derechos para así obtener los permisos que se requieran. Y evidentemente se extrañan más excepciones pero esta vez vinculadas con los usos de los usuarios en el marco de las nuevas tecnologías.</p>
<p><a href="http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2010/04/26/ley-de-propiedad-intelectual-1.asp">A pesar de lo que algunos sostienen</a>, esta reforma es la más importante que se le haya hecho a la ley de 1970. Aunque insuficiente, después de casi tres años tenemos una ley que finalmente logra un precario equilibrio, un primer paso, para tener una ley que ya no nos avergüence, sino que permita generar mejores condiciones de acceso en un mundo globalizado.</p>
<p><a href="http://www.fayerwayer.com/2010/04/columna-la-nueva-ley-de-propiedad-intelectual-en-chile/">Columna escrita para Fayerwayer</a></p>
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		<title>Nueva Ley de Propiedad Intelectual</title>
		<link>http://www.quemarlasnaves.net/2010/04/26/nueva-ley-de-propiedad-intelectual/</link>
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		<pubDate>Mon, 26 Apr 2010 09:12:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En el lejano mayo de 2007 -cuando éramos pocos, nadie parecía muy interesado en el tema y publicaba las desaparecidas 5 del lunes - hice una promesa que he cumplido a medias. Dije que iba a examinar el proyecto de ley de propiedad intelectual en tres partes, el nuevo sistema de penas, en la limitación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/usosjustosnosondelitomashup.jpg" border="0" alt="" /></p>
<p><a href="http://www.quemarlasnaves.net/2007/05/14/la-reforma-a-la-ley-de-propiedad-intelectual-la-introduccion/">En el lejano mayo de 2007</a> -cuando éramos pocos, nadie parecía muy interesado en el tema y publicaba las desaparecidas 5 del lunes <img src='http://www.quemarlasnaves.net/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> - hice una promesa que he cumplido a medias. Dije que iba a examinar el proyecto de ley de propiedad intelectual en tres partes, <a href="http://www.quemarlasnaves.net/2007/05/19/reforma-a-la-ley-de-propiedad-intelectual-parte-uno-las-penas/">el nuevo sistema de penas</a>, en la limitación de responsabilidad de los ISP y, finalmente, las nuevas excepciones y limitaciones al derecho de autor que favorecían al público. Pero mucha agua pasó bajo el puente.</p>
<p>Para el lector asiduo de este blog estos son temas más o menos conocidos. Sabemos que durante estos casi tres años tuvimos muchas dificultades, el gobierno llegó a acuerdos con la SCD, hicimos campañas, nos hicieron anticampañas y <a href="http://www.quemarlasnaves.net/2008/10/12/una-verguenza-mas-pero-con-moraleja-y-aviso/">hubo situaciones inaceptables e hirientes</a>. Hace un par de días, acompañado paradójicamente por la Cámara del Libro -uno de los grupos más opositores al cambio legislativo- <a href="http://www.gobiernodechile.cl/destacados/2010/04/23/presidente-pinera-promulgo-reforma-a-la-ley-de-propiedad-intelectual.htm">el presidente Piñera promulgó finalmente la reforma</a>, la que tiene una serie de puntos que <strong>cambiarán la forma en la que se entendía el derecho de autor en Chile</strong>.</p>
<p>Les podría enumerar las novedades del proyecto -de hecho estamos preparando una pequeña sorpresa en la ONG Derechos Digitales-, pero prefiero detenerme en otra cosa. Hace tres y más años, cuando se pensaba en propiedad intelectual sólo se pensaba en los intereses de los cantantes y artistas que aparecían en la televisión. Si yo pudiera destacar elementos de todo este proceso, destacaría dos.</p>
<p>1.- Cito: “<em>La propiedad intelectual ha dejado de ser un asunto exclusivo de autores, inventores y abogados, y ha pasado a ser un tema cotidiano de nuestra sociedad</em>”. ¿Han leido algo parecido antes? <img src='http://www.quemarlasnaves.net/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /><br />
Esto <a href="http://www.gobiernodechile.cl/destacados/2010/04/23/presidente-pinera-promulgo-reforma-a-la-ley-de-propiedad-intelectual.htm">lo dijo el presidente de la República, el 23 de Abril de 2010</a>, palabras impensables hace poco tiempo.</p>
<p>2.- El momento del <em>click</em>.  Fernando Ubiergo exponía en Antofagasta respecto del proyecto de ley con una versión no original de su Microsoft Office y el <em>rápido lente</em> de El Nortero <a href="http://www.elnortero.cl/admin/render/noticia/18164">capturó el momento</a>.</p>
<p>Lo importante de esto no es necesariamente lo que desencadenó después -la <a href="http://codigomorse.net/urgente-renuncia-santiago-schuster-a-la-scd/">renuncia de Ubiergo</a> primero y <a href="http://www.fayerwayer.com/2009/01/fernando-ubiergo-renuncio-a-la-presidencia-de-la-scd/">de Santiago Schuster después</a>- sino es el proceso que motivó que ese reportero ciudadano sacara su celular y tomara esa fotografía. Algo pasó durante este tiempo. Lo que pasó es lo que destaca el discurso del presidente Piñera, logramos <a href="http://www.quemarlasnaves.net/2009/04/20/la-primera-batalla-por-los-usos-justos-es-contigo/">entre todos</a>. Con cada fotografía, con cada correo electrónico enviado, <a href="http://www.fayerwayer.com/2009/06/semana-del-delincuente-4-dias-infringiendo-la-ley/">con cada video</a>. Con cada conversación en la mesa del domingo.</p>
<p>Eso me tiene muy contento y es por lo que tenemos, por ahora y sin tener una ley perfecta, que celebrar. Salud.</p>
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