Archive for sociedad y política

Tribunal Constitucional dice que no es tan así, pero sí

_image_50380_2001010512848074112_rs.jpg
Fotografía por z-nub

Lo siento. Estoy en deuda sobre escribir una serie de cuestiones que están en el tintero, pero no puedo sacarme el tema este de la cabeza.

Conversábamos anoche muy tarde con el siempre escueto y marcial Simenon sobre implicancias e hipótesis que se barajaban respecto de aspectos legales y procedimientales muy lateros del fallo famoso que se filtró. Cómo entender una decisión como la que al parecer había tomado un órgano que tiene un origen profundamente progresista y que, como los antagonistas de Spiderman, de un momento a otro se transformaba en nuestro enemigo.

Y me avisan por interno que algo pasó. Tanta protesta, tanto grito alarmado de todos nosotros provocó algo. Durante la tarde de hoy, el presidente subrogante del Tribunal Constitucional, don José Luis Cea Egaña (BTW, famoso por su tesis sobre la jerarquización de los derechos que en algún momento les contaré) hizo circular una declaración a nombre del Tribunal adelantando el contenido oficial del fallo sobre el Decreto Supremo Nº 48/2007 “Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad” diciendo:

1.- Rechazó en forma unánime la inconstitucionalidad de los dispositivos intra uterinos (DIU)

2.- Rechazó la inconstitucionalidad de las normas sobre confidencialidad de la información y consejería a menores de edad sobre métodos de anticoncepción.

3.- Acogió la inconstitucionalidad de la norma que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de “Anticoncepción Hormonal de Emergencia”, conocidos genéricamente como “píldora del día después”.

En castellano castizo, esto quiere decir que a pesar que se mantendrá en el sistema público tanto dispositivos intrauterinos como también los sistemas de información de métodos de anticoncepción, el Ministerio de Salud no podrá distribuir la píldora del día después en los consultorios del país.

Uno de los efectos de esta aclaración es que muchas mujeres pueden respirar aliviadas porque no nos transformaremos en Irán. Pero las malas noticias son que el fallo sigue siendo nefasto. Como un gordito napolitano en hora de almuerzo, espero con ansias que se publique el texto completo del fallo famoso e hincarle el diente. Es que el fallo es nefasto porque en buen chileno, si usted tiene dinero, no se preocupe. Tendrá la clínica abortiva cerca y limpia si llega el caso, podrá ir a la farmacia y adquirir la famosa píldora al precio que se le ocurra al Sr. Cruz Verde y en el peor de los casos, si le da vergüenza, tomarse un cóctel de pastillas anticonceptivas. Lo va a pasar malito, pero el efecto es el mismo.

Si usted pobre, en cambio, y sólo puede acceder a lo que le entrega el consultorio de su barrio, vaya preocupándose. En Chile, ya lo sabemos, los malos siempre ganan. Y la moraleja de todo esto es que las cosas siempre pueden ser peor.

El texto del comunicado lo baja desde acá.

Talibanes prohiben la anticoncepción en Chile

_image_48518_2004711699922522810_rs.jpg

Personalmente pensaba que esto que nos han vendido como democracia ya no tenía más sorpresas. Aceptamos que el mismo que bombardeó la Moneda estuviera sentado en el Senado en forma vitalicia. Aceptamos que en Chile el que pierda una elección pueda ser electo Senador o Diputado. Y aceptamos en definitiva una Constitución construida e ideada por los amigos de la dictadura. Aceptamos sus reglas, los buenos ganaban las elecciones y lo importante era seguir adelante.

Para uno que vive en lugares como Chile, a tantas escalas aéreas del mundo, lo que sucede en China, Pakistán y Afganistán es parte de los resúmenes de cinco minutos con los que los noticiarios televisivos nos informan el acontecer internacional. Y a la famosa señora Juanita le llama la atención, probablemente, lo atrasado de algunos países también lejanos de occidente que obligan a sus ciudadanas a taparse el rostro y usar unas túnicas oscuras e incómodas. Lejos de los matinales y de aquellos liberales trajes de dos piezas con motivos floreados que usa para ir al banco.

Pero hoy ha trascendido una noticia que era un rumor desde hace varias semanas y al parecer el Tribunal Constitucional Chileno ha decidido que la píldora del día después y el dispositivo intra uterino (DIU/T de cobre) son contrarios a nuestro ordenamiento constitucional al atentar contra el derecho a la vida. Eso significa que vender píldora del día después y dispositivos de control de la natalidad como el DIU serían equivalentes a vender ántrax o traficar fetos. Más grave que vender marihuana o cocaína.

¿Por qué un grupo de señores tiene la posibilidad de decidir respecto de lo que hacen miles de chilenas en su fuero interno? Se lo explico en simple.

_image_49923_2000629653357954406_rs.jpg

1.- ¿Qué dice la Constitución?

Es sabido que una de las mayores derrotas de Jaime Guzmán y sus amigos durante la redacción de la Constitución a puertas cerradas fue precisamente la redacción del artículo 19 número 1.

La Constitución asegura a todas las personas:
1º. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
La ley protege la vida del que está por nacer.
(…)

Como se ve, en Chile el que está por nacer -que ni siquiera la Constitución señala que sea una persona en términos estrictamente legales- tiene protección legal. Esto significa que dado que la Constitución protege a las personas, será la ley la encargada de proteger la vida del que está por nacer. Así, por ejemplo, el famoso artículo 119 del Código Sanitario [PDF] es el que prohibe en Chile el aborto, no la Constitución.

Esto parece ser claro. Pero muchos católicos fundamentalistas -además de ver santos y rezar a estampitas- sostienen que dado que la Constitución protege “el derecho a la vida”, éste incluye la vida del que está por nacer dado que también es persona y de ahí la discusión famosa de si la píldora del día después es o no abortiva. Cuando la discusión general no tiene nada que ver con eso, dado que la Constitución no prohibe el aborto de buenas a primeras. La protección del que está por nacer está construida por la vía legal, no constitucional.

Además del absurdo anterior, un caso como el que está en juego hoy en Chile debe ser resuelto necesariamente tomando en consideración los otros derechos fundamentales que se encuentran también en juego, como la autonomía personal de la mujer para decidir por sí misma cuando tener un hijo. Esto, probablemente no es tan importante para nuestro Tribunal Constitucional como sí lo es los reclamos de los integristas de la fe.

_image_49281_2002222410964860562_rs.jpg

2.- ¿Qué es este Tribunal Constitucional?

El Tribunal Constitucional se crea en Chile en la década de los setenta y su fin es velar por la supremacía de la Constitución. Que no existan normas en Chile que vayan en contra de lo que dice la Carta Fundamental. Así funcionan las democracias, por lo pronto, con guardianes de la Constitución. Por tanto sus decisiones son inapelables, no procede recurso alguno en su contra.

Está compuesto por diez personas, todos abogados, quienes son designados así:

- 3 son de libre designación del Presidente de la República.
- 4 son elegidos por el Congreso Nacional: 2 nombrados directamente por el Senado y los otros 2 también son nombrados por el Senado a propuesta de la Cámara de Diputados. -
- 3 son designados directamente por la Corte Suprema en votación secreta (sí, leyó bien).

Los actuales ministros han sido designados de la siguiente forma, con nombre y apellido:

Juan Colombo Campbell (nombrado por Patricio Aylwin; y en otro periodo, por el consejo de Seguridad Nacional)
José Luis Cea Egaña (nombrado por el Consejo de Seguridad Nacional)
Raúl Bertelsen Repetto (nombrado por el Senado y comentado ampliamente en QLN)
Hernán Vodanovic Schnake (nombrado por el Senado)
Mario Fernández Baeza (nombrado por el Senado a propuesta de la Cámara de Diputados)
Jorge Correa Sutil (nombrado por Ricardo Lagos)
Marcelo Venegas Palacios (nombrado por el Senado a propuesta de la Cámara de Diputados)
Marisol Peña Torres (designada por la Corte Suprema)
Enrique Navarro Beltrán (designado por la Corte Suprema)
Francisco Fernández Fredes (designado por la Corte Suprema)

De ellos, dos ya habían sostenido previamente su parecer respecto de la píldora, Navarro y Bertelsen, ambos en contra de su comercialización. Al contrario de lo que usted pudiera suponer, sólo Navarro se inhabilitó para votar, siendo el voto de Bertelsen, seguramente en contra, perfectamente válido.

Son estos señores, que si se fija bien de diez integrantes sólo una es mujer, lo que han decidido por todas las mujeres adultas de Chile. Son estos señores los que finalmente tienen la última palabra para decidir qué es lo que las mujeres en Chile pueden y no pueden hacer.

El Tribunal Constitucional debe estar siempre pensando en la protección de la Constitución y los derechos fundamentales de sus ciudadanos. Un Tribunal Constitucional que pretende imponer visiones valóricas sesgadas y particulares respecto del bien, es un TC que no está respetando él mismo los principios que rigen en democracia. A través de esta decisión, además de decidir respecto de lo que las mujeres puedan hacer, está apuntándonos con la espada de damocles de la verdad.

El TC no está constituido para imponer a los ciudadanos una escala de valores determinada. No está ni nunca fue pensado para que sus miembros decidan el curso moral de los chilenos. Está pensado en velar por el respeto de los derechos fundamentales de las personas, mas en este fallo lo que está haciendo es proteger visiones de mundo sesgadas y basadas en la metafísica y superstición e imponérselas a todos los chilenos en pleno siglo XXi.

De pronto uno se siente protagonista de Persépolis. Mientras en Chile estamos preocupados del feminismo terminológico (ciudadanos/ciudadanas, horas-hombre/horas-persona, etc), los ejércitos de católicos fundamentalistas están tocando la puerta del Tribunal Constitucional y ganando la guerra.

En Chile los talibanes no usan barba larga ni túnicas. Tampoco van con el corán bajo el brazo. En Chile todo es sutil, ya sabe. Chile de un momento a otro se ha transformado en una asquerosa finca donde mandan quienes tienen dinero y los fundamentalistas de la fe ocultos en facultades de derecho. Mientras Internet supone la posibilidad de cambios, de cooperación, de interacción entre ciudadanos, los ejércitos de la fe fundan colegios, tienen sobre 7 hijos y pretenden imponer su moral.

Una democracia de verdad, una democracia que se tome en serio debe partir por respetar distintas formas de verdad. Una democracia que dirige, que decide cual es la moral que debe ser aceptada y qué es lo que sus mujeres pueden hacer con su cuerpo, es una dictadura de la moral. Una dictadura igual de nefasta que todas las dictaduras pero oculta bajo la parsimonia, la buena educación y la retórica de la clase política.

Y es eso a lo que tenemos que decir nunca más.

Nueva ley mutila la libertad de expresión artística


_image_45089_2000484499648105027_rs.jpg

Ley 20.243 de 5 de Febrero de 2008:

Art. 2: (…) El artista, intérprete y ejecutante gozará, de por vida, del derecho a (…) oponerse a toda deformación, mutilación u otro atentado sobre su actuación o interpretación, que lesione o perjudique su prestigio o reputación.

Sí, leyó bien. Miriam Hernández, Luchito Jara, Juan Gabriel y Alberto Plaza hoy ya tienen herramienta legal para oponerse ante cualquier “atentado” contra sus interpretaciones si lesionan su “prestigio o reputación”.

Artistas: avanzar sin transar, que la libertad de expresión y la parodia no son tan importantes como proteger el prestigio del artista.

Señores, así se legisla en Chile.