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¿A qué venía Robin Gibb a Chile?

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Esta semana se anunció con bombos y platillos la visita a Chile del cantante Robin Gibb, integrante de la banda británica Bee Gees, quien hoy se desempeña como presidente de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (Cisac), la multinacional que agrupa a las entidades de gestión colectiva alrededor del mundo.

Según la nota de prensa publicada, Gibb vendría a Chile a ser homenajeado (?) por la USACH, la que le daría un doctorado honoris causa (?), además de -en palabras de doña Tatiana Urrutia directiva de la SCD- “reposicionar a la Unión Nacional de Artistas (UNA) como la organización que representa a todos los creadores en Chile, reunidos en diversas organizaciones“.

Ya. Interesante que tengan que traer a un artista de extraños y dudosos éxitos a explicar lo que los líderes de la autodenominada “UNA” intentaron hacer hace un tiempo con tristes resultados. Me llama la atención cómo algunos necesitan tener verdades reveladas por un artista que, por lo demás, está lejos de la realidad de la gran mayoría de los creadores culturales de nuestros países.

Es que a menos que el señor Gibb comparta el secreto de su éxito -digámoslo, más vinculado a la tantas veces esquiva suerte y al decidido apoyo de la industria discográfica de los setenta que a otra cosa- resulta a lo menos paradójico que comparta el valor de la asociatividad de un sistema de distribución de regalías por derecho de autor que dista de ser equitativo y que beneficia fundamentalmente a los Gibbs de este mundo y no a la gran mayoría de artistas y creadores de ignotos y lejanos lugares como Chile.

Bueno, la noticia -si es que lo fue en algún momento- es que el señor Gibb canceló finalmente su visita, dejándonos sin la oportunidad de compartir su sabiduría y, de pasada, construyendo una noticia desde el humo. De la intención de venir. Si es que, en realidad, alguna vez la tuvo, claro.

Fotografía de Paul Easton CC:BY-NC-ND

¿Cuál es la ley de censura en internet?

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En estos días ha aparecido en prensa la existencia de un proyecto de ley que pretendería establecer censura en internet, cortar la conexión a internet y dejaría a los prestadores de internet (ISP) como policías para perseguir infracciones a la ley de propiedad intelectual.

Dos noticias. La primera es que existe un proyecto de ley, pero de propiedad intelectual. La segunda es que el proyecto no contempla ninguna de esas tres cosas. No existe, en definitiva, ningún proyecto de censura en Internet.

El proyecto de ley, por el contrario, es el primer esfuerzo serio de tener un sistema de derechos de autor equilibrado y justo, con excepciones y limitaciones para bibliotecas, establecimientos educacionales y público en general. Un proyecto que adapte de una buena vez la ley que data de 1970 y que, a estas alturas, es insuficiente para la realidad del siglo veintiuno.

En el contexto de la ley ha habido dos grandes debates. El primero, respecto del establecimiento de una excepción que garantice usos justos, al que en un principio se opuso fuertemente la SCD y los sellos discográficos. El segundo, el sistema de notificación y bajada del sistema de limitación de responsabilidad de los ISP. Resabio del TLC con Estados Unidos de 2003, Chile está obligado a regular un régimen especial de limitación de la responsabilidad de los ISP por los eventuales ilícitos que se realicen a través de sus redes. La SCD junto con los sellos discográficos hicieron fuerte lobby a favor de un sistema de notificación privada para que el ISP se viera obligado a bajar contenidos eventualmente infractores. Por medio de una mera carta certificada, proponían, el ISP debía bajar esos contenidos o de lo contrario sería él el responsable de dichas infracciones.

Como ese tipo de notificación adolece de problemas constitucionales, finalmente lo que el Senado adoptó fue un sistema mediante el cual cualquier bajada de contenidos debe suponer previamente una resolución judicial. Es decir, no cualquier notificación ni carta certificada, sino el estudio previo por parte de un juez que garantice la idoneidad de la medida restrictiva de derechos.

Pero se les coló el artículo 85 T, que en una redacción confusa señala que:

Artículo 85 T. (…) El prestador de servicio que voluntariamente o ante un requerimiento, de buena fe, retira, inhabilita o bloquea el acceso a material, basándose en una infracción aparente o presunta, estará exento de responsabilidad ante cualquier reclamo por esas acciones en la medida que, tratándose de material alojado en sus sistema o red, notifique sin demora al proveedor del material, que se ha retirado, inhabilitado o bloqueado el acceso a éste. Si el proveedor del material realiza una comunicación informando su sometimiento a la jurisdicción del tribunal competente de su domicilio en un proceso por supuesta infracción, el prestador de servicio deberá reestablecer el material en línea, a menos que en el intertanto el requirente haya presentado una medida prejudicial o una demanda ante el tribunal competente que ordene o ratifique el retiro, inhabilitación o bloqueo de acceso al material.

El artículo, según mi opinión, adolece de una serie de defectos y, por lo demás, no guarda relación con la lógica de notificación judicial para cualquier bajada de contenido. Efectivamente puede suponer una puerta para abusos de los ISP. Pero de ahí a sostener que se está autorizando al ISP para bajar contenidos y cortar conexiones, hay un buen trecho. Ni siquiera este artículo, de deficiente técnica legislativa, supone la censura en la red, como algunos han señalado.

Por otro lado, el proyecto de ley tiene muchas deficiencias, como la inexistencia de sistema público de protección del patrimonio cultural común, o resolver el problema de las obras huérfanas, por sólo dar dos. Pero pretender echar por tierra un proyecto de ley que por primera vez en la historia de Chile va a equilibrar los intereses del público estableciendo excepciones claras para el público es absurda y, como bien dice Carlos, sería el gran triunfo de quienes quieren un sistema extremista de propiedad intelectual sin excepciones.

Por otro lado, las campañas que han aparecido en internet, lejos de alentar un sistema adecuado o justo de propiedad intelectual al parecer no hacen sino poner obstáculos a la compresión de los derechos de autor no sólo como protección de propiedad, sino también como garantías de acceso al conocimiento y la cultura. Saturar las casillas de correo de los diputados con mensajes equívocos y otros derechamente equivocados respecto del proyecto, lo único que hacen es darle razones a quienes quieren seguir discutiendo esto entre cuatro paredes, de espaldas a la gente. Un activismo digital de verdad, es un activismo que se haga responsable y con la verdad, no con supuestos ni con intuiciones. Y eso veo que hace mucha falta en estos días.

Foto: St3f4n, CC:BY-NC-SA

Las confusiones y la guerra del presidente de la SCD

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En estos días se desarrolla en Washington DC el denominado World Copyright Summit, pretencioso encuentro que reúne a la crema y nata de las industrias multinacionales de la cultura, además de sus asociados estratégicos, las entidades de gestión colectiva.

En una nota publicada ayer por el diario español El País, algunos participantes hablan de algunos puntos que les interesan y que creen es la forma adecuada de enfrentar esta lacra social llamada internets.

Y en el último párrafo le dan un pase gol al flamante presidente de nuestra SCD, quien premunido de la verborrea incontrolable de quienes hablan desde la verdad y la corrección moral, le explica a la agencia EFE los problemas que él ve con el derecho de autor. Los destacados son míos, por cierto:

El presidente de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), Alejandro Guarello, está de acuerdo y lamenta que en su país exista una presión creciente para imitar la legislación estadounidense. Para el representante de la SCD uno de los problemas de EEUU es que “no se reconoce necesariamente al creador”. “Se reconoce al titular del derecho”, explicó a Efe Guarello. “Eso significa que si una persona está en un pequeño pub cantando y no ha registrado su pieza y viene un representante de una compañía y la compra el autor pierde todo el poder porque lo que importa en EEUU es el que tiene el derecho”. Guarello indicó que si el tema se convierte en un éxito el que recibe los ingresos de los derechos es la compañía y no el autor, que se queda sin nada. “Esa línea es la que se intenta implementar en Chile y nosotros estamos absolutamente en guerra, absolutamente”, concluyó Guarello. A diferencia del modelo anglosajón, en el modelo europeo continental y latinoamericano los derechos asociados a la propiedad intelectual son irrenunciables.

Es una torpeza decir que en EEEUU no se reconoce necesariamente al creador. La explicación de por que sería importante “reconocer al autor” en lugar del titular de derechos es simplemente risible, considerando que los principales clientes de las entidades de gestión colectiva son titulares de derechos -empresas- y no necesariamente autores. Decir que en Chile se intenta implementar una “línea” que pretende entregarle los éxitos a las compañías es ignorar quienes han sido quienes realmente han esquilmado a nuestros artistas en los últimos sesenta años, que ciertamente no ha sido el público, no ha sido la tecnología ni ha sido internet. Han sido los mismos sellos discográficos y los mismos modelos de negocio que financian el seminario al que asiste en Washington. Basta ya de mentiras.

Más allá de las falacias asociadas a una profunda ignorancia normativa -como decir que en el sistema continental los derechos asociados a la propiedad intelectual son irrenunciables-, sinceramente me intriga quién estará tras el guión que siguen con obediencia los voceros de la entidad de gestión colectiva chilena.

Es que Alejandro Guarello está en una guerra. En una guerra que, como otra no muy lejana en Chile, sólo se libra gracias a los delirios de la misma entidad de gestión.



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