Los billetes del Banco Central y la falacia del registro

Esta semana fue el show del Banco Central. No contentos con los problemas de inflación que debe atacar, al parecer hay un grupo de funcionarios con tiempo y ganas de entretenerse a costa de otra institución pública, y lo que es peor, a costa de nuestros bolsillos.
Si usted es extranjero, chileno con vida propia, o chileno pero no tiene televisión, le cuento de qué se trata.
BancoEstado (ex Banco del Estado) lanzó hace algunas semanas una serie de spots televisivos donde un pato, símbolo de la institución bancaria, dialoga con una serie de personajes de la historia de Chile, Arturo Prat, Ignacio Carrera Pinto, Gabriela Mistral, Andrés Bello y Bernardo O’Higgins, cuyas imágenes además aparecen en los billetes y monedas de circulación nacional. Además de dialogar, aparecen imágenes de representaciones de dichos billetes. Aprete play en el botón del video de acá abajo y verá el spot.
¿El problema?
Algún creativo funcionario del Banco Central de Chile, órgano que entre otras funciones tiene la potestad exclusiva de emitir billetes y acuñar monedas, vio en este divertido spot la posibilidad de ponerle cortapisas al antiguo Banco del Estado y echar abajo los anuncios. Seguramente comenzó a buscar argumentos legales que apoyaran esa iniciativa. Y la encontró.
En un comunicado de prensa hecho circular el 3 de Septiembre, el Banco sostiene que representó a BancoEstado:
el uso indebido de reproducciones de parte de las imágenes insertas en billetes de curso legal con fines de propaganda, atendido su carácter de propietario exclusivo de los derechos de autor correspondientes a los diseños de las monedas y billetes de curso legal, según consta de la inscripción en el Departamento de Propiedad Intelectual, otorgada conforme a la Ley sobre Propiedad Intelectual.
Al parecer, esto ha provocado que los famosos spots ya no sigan emitiéndose en la televisión Chilena.

La falacia
Como el atento lector de QLN ya sabe, el sistema de derecho de autor otorga protección a las creaciones intelectuales una vez que estas son fijadas, sin requerir registro previo alguno. Este es el denominado principio de protección automática del derecho de autor.
Pues bien, esto no obsta a que en los países existan oficinas públicas relativas a propiedad intelectual, y más aún, existan Registros de Propiedad Intelectual. En el caso de Chile, éste depende de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos y está ubicado en el centro de Santiago. ¿Para qué queremos registros si tenemos protección automática?
Para dos fines:
1) para fines de transferencia de derechos
2) con objetivos probatorios
Claro, si usted es creador de una canción y va al Conservador, realiza el depósito y paga los tres mil pesos, la ley le entrega una presunción de autoría. Esto es, por ese sólo hecho la ley va a presumir que usted es el autor y no otro. Como comprenderá, es una presunción meramente legal, es decir, puede ser derrotada por alguna otra prueba en contrario. Siendo yo un bandolero del derecho de autor, podría haberle robado una copia del disco y haber ido corriendo al registro. El Conservador, dado que no pregunta nada, me va a conceder el registro, pero eso no quiere decir que me transforme en autor por el sólo ministerio de la ley. Quiere decir que la ley supone que el que registra, es autor, pero es una presunción que puede caerse fácilmente.
Por eso llama la atención el argumento legal usado por el Banco Central, pues da la señal errónea que por el sólo hecho de haberlo registrado se ha transformado en titular de derechos de autor, lo que en estricto rigor no es correcto. Más aún, en sus Preguntas Frecuentes, el Banco Central sostiene que es titular sobre los diseños de billetes y monedas, lo que consta en la inscripción N° 115.594 del Departamento de la Propiedad Intelectual. Sin entrar en el fondo, resulta sorprendente que según esta interpretación, no podamos reproducir, adaptar, fotografiar ni romper billetes ni monedas, ya no porque sean moneda de curso legal, sino que por razones de propiedad intelectual. ¿Tendrá derechos morales?
Para terminar, apuntar el hecho que son dos instituciones públicas las que están metidas en esta suerte de cat fight administrativo (?). Claro, porque cuando se trata de obligar a otra empresa pública a guardar una publicidad que le debe haber costado varios miles de pesos, los costos de no ocupar algo en lo que se invirtió fondos públicos y más todavía, tener que grabar un nuevo spot para evitar compromisos legales, los que pierden no es ni BancoEstado ni el Banco Central. Adivine, atento lector, una vez más quien es el perjudicado.
A estas alturas ya no es mero descriterio de algunos abogados. Es una demostración adicional de los absurdos de tener un derecho de autor que con el pretexto de proteger a los artistas ha terminado en esto: en un sistema legal que le entrega restricciones a los mismos creadores.

Hay varias cosas que no me cuadran.
Tiendo a pensar que la queja del BC se debió a la publicidad impresa -donde figuran los dibujos de los billetes- porque en el comercial de TV sólo se ven los billetes originales.
Si es por la publicidad impresa, no entiendo por qué sacaron el comercial de TV mientras los carteles siguen colgando de los bancos.
Ahora, si es por el comercial de TV, ¿entonces por qué no le han pintado el mono a los otros bancos e instituciones financieras que muestran billetes en sus anuncios?… salvo que el BC también tenga la propiedad de los Héroes Patrios (TM).
Por último, no sé hasta qué punto el BancoEstado sigue siendo una “institución pública”. Hace tiempo dejó de incentivar el ahorro o tener una motivación social, por lo que ahora debería regirse bajo las mismas normas y aprensiones de una institución privada.
A todo esto… ¿no que la prohibición de usar billetes en forma comercial es por motivos de seguridad más que de derechos de autor?…